11/12/2001 

CONVENIO ENTRE EL MVOTMA Y MEVIR

Se homologó el convenio particular suscrito entre el MVOTMA y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre para el financiamiento mediante la transferencia de subsidios a los Programas de Construcción de Vivienda y Unidades Productivas que efectúa la comisión anteriormente mencionada.

La resolución aprobada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente es la siguiente:

VISTO: el Convenio Marco suscrito el 16 de julio de 2001 entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre;

RESULTANDO: I) que en referido Convenio se estipularon las bases de la participación por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en el financiamiento mediante la transferencia de subsidios en los Programas de Construcción de Viviendas que efectúa la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, en la ejecución de viviendas y servicios comunitarios complementarios, así como construcciones para la producción o mejoras prediales en el medio rural;

II) que el plazo de vigencia del referido convenio es desde el mes de marzo de 2001 hasta febrero de 2005;

III) que el Ministerio se obligó a transferir a la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la, .Vivienda Rural Insalubre la suma de $ 497:832.000 (pesos uruguayos cuatrocientos noventa y siete millones ochocientos treinta y dos mil pesos);

IV) que la suma antes mencionada se canalizará mediante el. otorgamiento de convenios Particulares que se suscribirán dentro del plazo de vigencia del convenio marco;

V) que los aportes que realizará el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con cargo al presente Convenio y a los Particulares, provendrá del Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización en la forma establecida en la Ley No 16.237;

CONSIDERANDO: I) que el Tribunal de Cuentas de la República intervino el gasto por Resolución adoptada en sesión de fecha 28 de marzo de 2001 (carpeta No.191.291);

II) que a los efectos de dar cumplimiento con las obligaciones asumidas en el convenio marco antes referido, se considera conveniente suscribir un Convenio Particular para la ejecución de obras por un monto total de $ 153:730.494 (pesos ciento cincuenta y tres millones setecientos treinta mil cuatrocientos noventa y cuatro);

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los artículos 114 de la Ley 13.728, del 17 de diciembre de 1968 y 3ro., numeral 9) de la Ley 16.112 del 30 de mayo de 1990, artículos 473 y siguientes de la Ley 13.640 del 26 de diciembre de 1967, Ley 16.690 del 22 de diciembre de 1994, Ley 16.237 del 02 de enero de 1992 y Decretos Nos. 90/00 del 30 de marzo de 2000-.:..y 295/00 del 11 de octubre de 2000; 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE;

1°.- Homológase el Convenio Particular suscrito el día 7 de diciembre de 2001 entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, para el financiamiento mediante la transferencia de subsidios a los Programas de Construcción de Viviendas y Unidades Productivas que efectúe la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre.

2°.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente destinará a dichos efectos un monto de $ 153:730.494 (pesos ciento cincuenta y tres millones setecientos treinta mil cuatrocientos noventa y cuatro), que será atendido con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización habiéndose extendido constancia de afectación de crédito No.215

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a sus efectos.