MODIFICAN PLANILLADO
DE DEPORTE Y JUVENTUD
Se modifica en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296 los créditos
asignados para los años 2001 a 2004 en varias Unidades Ejecutoras del
Ministerio de Deporte y Juventud. El decreto aprobado por el Presidente de
la República en acuerdo los Ministros de Economía y Finanzas y de Salud
Pública establece lo siguiente:
VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Deporte y
Juventud, solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones
que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de
febrero de 2001.
RESULTANDO: que se constató que en la elaboración del Proyecto de
Ley de Presupuesto Nacional se omitió la presupuestación para el
ejercicio 2001, en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y
Juventud" , Programa 001 "Formulación, Ejecución, Supervisión
y Evaluación de Planes en Materia de Deportes y Juventud, e
Instrumentación de la Política en la Materia" , Financiación 1.1,
de las partidas necesarias para financiar las obligaciones inherentes a
los incentivos motivados por renuncias, al amparo del régimen de
excedencias por reforma del Estado, originadas en la diferente casuística
que establece la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los
referidos errores y omisiones.
II) que Corresponde regularizar en el planillado, el Objeto 576
"Gastos Reforma del Estado", dando de alta la suma de $
14.952,oo(pesos uruguayos catorce mil novecientos cincuenta y dos) para el
año 2001 para hacer frente a los aludidos incentivos.
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el
artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D
E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de
Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado
para el año 2001 en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y
Juventud" , Programa 001 "Formulación, Ejecución, Supervisión
y Evaluación de Planes en Materia de Deportes y Juventud, e
Instrumentación de la Política en la Materia" , Financiación 1.1,
según el siguiente detalle:
OBJETO
IMPORTE en $
(valor a
1/1/000)
576.009
14.952,00
ARTÍCULO 2°.- Dese cuenta a la Asamblea General.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc.-