17/12/2001 

PERIFERIA URBANA

En acuerdo con el Ministro de Educación y Cultura, el Presidente de la República aprobó la siguiente resolución:

VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 315 de la Ley N° 17296 de 21 de febrero de 2001.

CONSIDERANDO: Que corresponde transferir los Fondos asignados por la citada norma al Proyecto URY/B7/310/96/103, de Cooperación con la Comunidad Económica Europea sobre Periferia Urbana a la Unidad de Gestión de Programa creada por el Convenio que instrumenta el Proyecto referido;

ATENTO: A lo antes expuesto y al citado Convenio de Financiación entre la Comunidad Económica Europea y la República Oriental del Uruguay;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Transfiéranse los Fondos asignados por el Artículo 315 de la Ley N° 17296 de 21 de febrero de 2001 por un importe de $ 11.061.400 (pesos uruguayos once millones sesenta y un mil cuatrocientos) para el Ejercicio 2001 a la Unidad de Gestión del Programa creada por el Convenio que instrumenta el Proyecto URY/B7/310/96/103.

2°) Impútese al Objeto del Gasto 749 "Otras Partidas a Re-aplicar” de los Créditos Presupuestales de la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de Secretaria”, Incisos 11 “Ministerio de Educación y Cultura", Ejercicio 2001.

3°) Adóptese la presente resolución ad-referéndum de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas.

4º) Comuníquese.