17/12/2001
PERIFERIA URBANA
En
acuerdo con el Ministro de Educación y Cultura, el Presidente de la
República aprobó la siguiente resolución:
VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 315 de la Ley N° 17296 de 21
de febrero de 2001.
CONSIDERANDO: Que corresponde transferir los
Fondos asignados por la citada norma al Proyecto URY/B7/310/96/103, de
Cooperación con la Comunidad Económica Europea sobre Periferia Urbana a
la Unidad de Gestión de Programa creada por el Convenio que instrumenta
el Proyecto referido;
ATENTO: A lo antes expuesto y al citado Convenio
de Financiación entre la Comunidad Económica Europea y la República
Oriental del Uruguay;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Transfiéranse los Fondos asignados por el Artículo 315 de la Ley N°
17296 de 21 de febrero de 2001 por un importe de $ 11.061.400 (pesos
uruguayos once millones sesenta y un mil cuatrocientos) para el Ejercicio
2001 a la Unidad de Gestión del Programa creada por el Convenio que
instrumenta el Proyecto URY/B7/310/96/103.
2°) Impútese al Objeto
del Gasto 749 "Otras Partidas a Re-aplicar” de los Créditos
Presupuestales de la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de
Secretaria”, Incisos 11 “Ministerio de Educación y Cultura",
Ejercicio 2001.
3°) Adóptese la presente resolución ad-referéndum
de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas.
4º) Comuníquese.
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