26/12/2001

REGLAMENTO BROMATOLÓGICO: MODIFICACIÓN

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Salud Pública aprobó un decreto por el que se modifica el Art. 3º del decreto N172/998 de 7 de julio de 1998 ampliatorio del Reglamento Bromatológico Nacional.

El referido Decreto establece que:

VISTO:  el Decreto No.172/998 de 7 de julio de 1998 que amplía el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No.315/994 de 5 de julio de 1994;

RESULTANDO: que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva propuesta de modificación del artículo 3°. del mencionado Decreto No.172/998 -Definición de rebozador;

CONSIDERANDO:  I) que es necesario incorporar la lista de aditivos a utilizar en los mismos;

II) que esta propuesta fue aprobada por unanirnidad por todos los miembros de la citada Comisión Asesora;-

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

D E C R E T A:

Artículo 1°.:   Modificase el articulo 3°del Decreto N° 172/998 de 7 de julio de 1998, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Sección 5

Definición de rebozador 

Artículo 30.5.1.- Es el producto destinado a recubrir por adherencias con o sin la ayuda de huevo liquido diversos alimentos para su consumo luego de freír u hornear , obtenido por la mezcla de pan rallado y / o harinas adicionadas o no de otros ingredientes complementarios, de los aditivos de la lista positiva de éste Reglamento autorizados para rebozador y de los aromatizantes y colorantes (exceptuando los colorantes artificiales) de la lista general correspondiente.

Artículo 2°.- Incorpórase a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARlOS del Capitulo 30- Alimentos Varios y a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARLOS, Anexo 11, del Capítulo 3 Aditivos Alimentarlos del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No.315 /994), los siguientes ítems a ser utilizados en rebozadores:

LISTA DE ADITIVOS PARA REBOZADOR

Espesantes 

         Códex

Nombre del aditivo

Producto que se agrega

Lim.máx

(mg/kg)

406

Agar  

Rebozador

Nse

466

Carboximetilocelulosa  Sódica

Rebozador

Nse

410

Goma garrofin, caroba Algarrobo,jatai

Rebozador

 Nse

412

Goma guar

Rebozador

Nse

415

Goma xantano o xántica

 

 

463

Hidroxipropilcelulosa

Rebozador

Nse

465

Metiletilcelulosa

Rebozador

Nse

Emulsionantes

Codex

Nombre del  aditivo

Producto al Que se agrega

Lím Máx.  

 (mg/ kg)

471

Mono y diglicéridos de Ácidos grasos

Rebozador

5000

340i

Potasio monofosfato

Rebozador

1000

 (P205)

339i

Sodio monofosfato

Rebozador

1000

P205)

541 i

Aluminio y sodio, Fosfato Ácido

Rebozador

1000

(P205)

450iii

Sodio (tetra) difosfato Pirofosfato de

Rebozador

1000

(P205)

450 v

Potasio (tetra) difosfato

Rebozador

1000

 

Pirofosfato de

 

P205

341 iii

Calcio trifosfato de

 

1000

(P205)

 Exaltadores del sabor 

N° de

 Codex

 

Nombre del aditivo

Producto al que se agrega

Lím. Máx.

mg/kg)

620

Ácido glutámico (1(+)-)

Rebozador

Nse

621

Sodio (mono) glutamato de

Rebozador

Nse

622

Potasio (mono) glutamato de

Rebozador

Nse

Antioxidantes 

Nº de

 Codex

Nombre del aditivo

Producto al que se agrega

Lím. Max

mg/kg

304

Palmitato de ascorbilo

Rebozador

1000

 Estabilizadores

  de

Codex

Nombre del aditivo

Producto al que se agrega

Lím. Máx

(mg/kg)

503i

Amonio carbonato

Rebozador

Nse

503ii

Amonio bicarbonato

Rebozador

Nse

501i

Potasio carbonato

Rebozador

Nse

501ii

Potasio bicarbonato

Rebozador

Nse

500i

Sodio carbonato

Rebozador

Nse

500ii

Sodio bicarbonato

Rebozador

Nse

 Artículo 3º   Comuníquese, etc.