27/12/2001
COMPLEJO TURÍSTICO
TERMAL CAUTE-ANTEL
Se
modificó el numeral 3ro. del 19 de agosto de 1998, declarando de interés
nacional la actividad del proyecto de inversión de la empresa Caja de
Auxilio para Funcionarios de UTE y ANTEL (Complejo Turístico Termal
CAUTE-ANTEL) La resolución aprobada por el Presidente de la República en
acuerdo con el Ministro de Industria, Energía y Minería establece que:
VISTO: la solicitud de la empresa CAJA DE AUXILIO PARA LOS
FUNCIONARIOS DE UTE y ANTEL (COMPLEJO TURISTICO TERMAL
CAUTE-ANTEL), tendiente a modificar los numerales 3°. y 4°. de la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 19 de agosto de 1998, por el que
se declaró de Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso
2°. del artículo 1°. del Decreto N°. 291/95, la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita transferir el saldo disponible de
U$S 200.000 (doscientos mil Dólares Americanos) en el numeral 4°.
(exoneración del Impuesto al Valor agregado a la importación de bienes)
de la mencionada resolución, al numeral 3°( otorgamiento de un crédito
por Impuesto al Valor Agregado en la Adquisición de bienes y servicios en
plaza destinados a la construcción-infraestructura y obra civil), por la
misma suma;
CONSIERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio
de Industria, Energía y Minería y la Comisión de aplicación creada por
el art. 12°. de la ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a o solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido por el Decreto no,
291/95 del 2 de agosto de 1995;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Modificase el numeral 3°, de la Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 19 de agosto de 1998, por la que se declara de
Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión de la empresa CAJA
DE AUXILIO PARA LOS FUNCIONARIOS DE UTE
Y ANTEL (COMPLEJO TURÍSTICO
TERMAL CAUTE-ANTEL ), incrementando su saldo en la suma de U$S 200.000
( doscientos mil Dólares Americanos);
2°.-Modificase
el numeral 4°. de la mencionada resolución en el sentido de disminuir su
saldo disponible en la suma de U$S 200.000 ( doscientos mil Dólares
Americanos);
3°.-
Comuníquese, etc.
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