01/02/2001

COLOCACION DE BONOS DEL TESORO EN EL MERCADO JAPONES

En acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas, el Presidente de la República resolvió autorizar al Banco Central del Uruguay a cumplir con los requisitos previos de inscripción y registro ante las autoridades administrativas financieras de Japón para eventuales suscripciones de nuevas emisiones de Bonos del Tesoro en dicho mercado.

La resolución establece que:

VISTO: la conveniencia de emitir nuevas series de Bonos del Tesoro, de forma de mantener el acceso de la República al mercado internacional de capitales y a los efectos del cumplimiento del programa financiero establecido por el Gobierno de la República.-

RESULTANDO: I) que los servicios técnicos del Banco Central del Uruguay están evaluando la posibilidad de suscripción de nuevas emisiones en diversos mercados, entre los cuales se encuentra el mercado de Japón.

II) que en el referido mercado de Japón se exige el previo cumplimiento de determinados requisitos para la suscripción de emisiones.

CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente autorizar al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, a dar cumplimiento a los requisitos previos de inscripción y registro para eventuales suscripciones de nuevas emisiones de Bonos del Tesoro en el mercado de Japón.

II) que corresponde, asimismo, la designación de un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas para la redacción y firma de las opiniones jurídicas requeridas.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N0 16.696, de 30 de marzo de 1995.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°) Autorizase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, a dar cumplimiento a los requisitos previos de inscripción y registro ante las autoridades administrativas financieras de Japón, para eventuales suscripciones de nuevas emisiones de Bonos del Tesoro en dicho mercado.

2°) Encomiéndase al Dr. Fernando Scelza, en su carácter de Coordinador Letrado Adscripto del Ministerio de Economía y Finanzas, la redacción y firma de las opiniones legales previstas.