15/02/2001

NINGUN PASIVO PERDERA EL BENEFICIO DE LA CUOTA MUTUAL

Ante versiones confusas originadas en el texto de algunos recibos de pasividad sobre la posible pérdida de la cuota mutual, el BPS informa que:

Gozan del beneficio de la cuota mutual todos los jubilados como trabajadores dependientes cuyos ingresos totales no superen el monto de $ 2.700 (tope para las pasividades que se abonan en el mes de marzo).

Cada vez que las pasividades experimentan un aumento, el tope aumenta en la misma proporción. Por tal motivo la suba en las pasividades nunca será razón de la pérdida de la cuota mutual.

Se deja de percibir la cuota solo en los casos en que el pasivo comience a recibir nuevos ingresos , como rentas u otra pasividad y supere el tope.