REGISTRO DE CLUBES DEPORTIVOS
El Poder Ejecutivo elevó al Presidente de la Asamblea
General un Proyecto de Ley por el cual se prorroga la inscripción de
clubes deportivos. El mismo expresa:
Señor Presidente
De la Asamblea General
Don Luis Hierro López
De mi mayor consideración:
El Poder Ejecutivo tiene el honor de poner a vuestra
consideración el presente proyecto de ley relativo a la prórroga del
plazo de inscripción en el Registro de Clubes Deportivos creado por el
artículo 68 de la Ley 17.292 de 16 de enero de 2.001 (Ley de Urgencia
II).
Por la citada disposición legal se estableció el
plazo de seis meses, a contar de la vigencia de la Ley, a los Clubes
Deportivos para realizar la mencionada inscripción.
Al respecto es dable expresar que salvadas las
dificultades prácticas de creación y puesta en funcionamiento del
Registro de Clubes Deportivos, la aprobación de la necesaria
reglamentación, su implementación e información a los obligados, se ha
obtenido hasta la fecha una inscripción importante de clubes, la que
estimamos se incrementará sustancialmente en caso de contar con mayor
plazo para la difusión de la norma sancionada e impedirá la grave
sanción prevista por el legislador de no participar en competencias
oficiales.
En consecuencia, nos permitimos sugerir la prórroga de
dicho plazo por 180 días adicionales.
Sin otro particular le saludo con la consideración
más distinguida,