AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA GANADERIA
El Presidente de la República en acuerdo con los
Ministros de Economía y Finanzas, Relaciones Exteriores y Ganadería.
Agricultura y Pesca firmaron un decreto por el cual se aprueba el proyecto
de Contrato de Préstamo a celebrarse entre nuestro país y el BID
destinado a financiar parcialmente el Proyecto Piloto para el aumento de
la Competitividad de la Ganadería.
El decreto establece:
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a
celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), destinado a financiar parcialmente
el Proyecto Piloto para el Aumento de la Competitividad de la Ganadería.-
RESULTANDO: que el Directorio Ejecutivo del Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) aprobó el correspondiente Préstamo
Nº 1299/OC-UR con fecha 14 de diciembre de 2000, por un monto
de U$S 7:700.000,oo (siete millones setecientos mil dólares de los
Estados Unidos de América), que será amortizado en un plazo de veinte
años, con cinco años de gracia y con un interés variable semestral.-
CONSIDERANDO: que corresponde aprobar el respectivo
Contrato de Préstamo, que será suscrito en representación del país por
el Sr. Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Gonzalo E.
González Fernández.-
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145º de la
Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por el Decreto Nº
586/993, de 27 de diciembre de 1993.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º) Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo
Nº 1299/OC-UR por un monto de U$S 7:700.000,00 (siete millones
setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América), a celebrarse
entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de
Desarrollo (B.I.D.), cuyo texto forma parte de la presente Resolución.-
2º) El referido contrato será otorgado y suscrito en
nombre y representación del país por el Sr. Ministro de Ganadería,
Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Gonzalo E. González Fernández.-
3º) Desígnase al Dr. Carlos Rodríguez du Hautbourg
como Asesor Legal para que expida, por la República, los dictámenes
jurídicos correspondientes a dicho Contrato.-
4º) Dése cuenta a la Asamblea General.-
5º) Comuníquese, etc.-