06/06/2001

IMPORTACIONES PARA A.U.P.I.

En acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores, el Presidente de la República aprobó una resolución por la cual se exonera del pago de todo recargo y del Impuesto Aduanero Unico a artículos a ser importados por la República Checa, los que serán donados a A.U.P.I.

La resolución expresa que:

VISTO: estos antecedentes remitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por los cuales la Embajada de la República Checa, solicita autorización para importar, con exoneración de gravámenes, diversos bienes de cristal.

RESULTANDO: I) que se trata de piezas de cristal, que serán exhibidas y comercializados en una exposición a realizarse en la sede de la referida Embajada.

II) que todo lo recaudado será donado a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia (A.U.P.I.) y aquellas piezas de cristal restantes, se presentarán posteriormente en la Feria de la Naciones que todos los años realiza dicha Asociación.

CONSIDERANDO: que existiendo antecedentes de casos similares, el Poder Ejecutivo está facultado para exonerar de recargos, por el artículo 2º de Ley Nº 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4º del Decreto Ley Nº 14.629, de 5 de enero de 1977 del Impuesto Aduanero Unico a la Importación.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1º) Exonérase a la Embajada de la República Checa, del pago de todo recargo, y del Impuesto Aduanero Unico a la Importación correspondiente a la importación de diversos bienes de cristal consistentes en jarrones, floreros, miniaturas y adornos, por un valor total CIF/Montevideo de U$S 912,14 (novecientos doce dólares de los Estados Unidos de América con 14/100), para ser exhibidos y comercializados a beneficio de la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia (A.U.P.I.).

2º) Establécese que una vez finalizado el evento, se deberá acreditar ante el Ministerio de Economía y Finanzas la donación efectuada a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia.

3º) Comuníquese y archívese.