13/06/2001

SEGURO POR DESEMPLEO

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Trabajo y Seguridad Social firmó varias Resoluciones ampliando el Seguro de Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a los trabajadores que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo, de las siguientes empresas y por un plazo de:

90 (noventa días): a 73 (setenta y tres) trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A.; a 7 (siete) trabajadores de la firma FREK S.A.; a 4 (cuatro) trabajadores de la firma EDELFIN S.A.; a 5 (cinco) trabajadores de la firma ELKIA S.A.; a 3 (tres) trabajadores de la firma IMPRESORA URUGUAYA COLOMBINO S.A.; a 3 (tres) trabajadores de la firma MANUEL ASSIMAKOS S.A.; a 19 (diecinueve) trabajadores de la ZAFFARONI Y SANCHEZ S.A.; a 3 (tres) trabajadores de la firma RAMOS Y BASSIGNANA LTDA.; a 5 (cinco) trabajadores de la firma PEREZ MACKINNON Y MARTINELLI S.A.; a 10 (diez) trabajadores de la firma METZEN Y SENA S.A.

Por otras Resoluciones otorgó el Seguro de Desempleo por:

90 (noventa días): a 5 (cinco) trabajadores de la firma INDUSTRIAS FORESTALES ARAZATI S.A.; a 9 (nueve) trabajadores de la firma COOPERATIVA MEDICA URUGUAY ESPAÑA.

Asimismo, el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, firmó un Decreto por el cual se modifica el Artículo 2º del Decreto 16/001, de 23 de enero de 2001, que reglamenta la Ley Nº 17.288, de 29 de diciembre de 2000, por la cual se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del beneficio del Seguro por Desempleo a los trabajadores de Sudamtex del Uruguay S.A.. El mencionado Artículo quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 2º.- El plazo máximo que tendrá la extensión a que refiere la norma legal que se reglamenta, será de 360 (trescientos sesenta), días a partir del mes inmediato posterior al cese del respectivo subsidio".