14/06/2001

CONTRATO DE PRESTAMO PARA EL PROGRAMA NACIONAL DE APOYO AL PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO

El Presidente de la República, en acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas, Relaciones Exteriores y Ganadería, Agricultura y Pesca, aprobó una Resolución por la cual se comete al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la ejecución del Contrato de Préstamo a celebrarse entre el Gobierno de la República y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (F.I.D.A.) para el financiamiento parcial del Programa Nacional de Apoyo al Pequeño Productor Agropecuario.

La Resolución establece que:

VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (F.I.D.A.), para el financiamiento parcial del Programa Nacional de Apoyo al Pequeño Productor Agropecuario.-

RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo del día de la fecha se designó Plenipotenciario para suscribir el referido Contrato de Préstamo, en representación del Gobierno de la República, al Sr. Representante Permanente del Uruguay ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Embajador Dr. Julio César Lupinacci.-

CONSIDERANDO: que resulta conveniente establecer los montos máximos por categoría a los que deberá ajustarse la ejecución de dicho contrato de Préstamo, conforme a lo acordado entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 145º de la Ley Nº 15.851, de 17 de diciembre de 1986 y por el artículo 9º del Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de 1993.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1º) Cométese al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la ejecución del Contrato de Préstamo a celebrarse entre el Gobierno de la República y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (F.I.D.A.) para el financiamiento parcial del Programa Nacional de Apoyo al Pequeño Productor Agropecuario, debiéndose ajustar al presupuesto que se detalla a continuación:

CATEGORÍAS                                           U$S     (i)

I Vehículos y equipos                              117.886,oo

II Fondos de Reserva                          3:479.195,oo

III Fondo de Microcapitalización        3:213.265,oo

IV Capacitación                                      464.098,oo

V Asistencia técnica                           3:381.077,oo

VI Otros servicios contratados          1:609.268,oo

VII Salarios incrementales                    932.600,oo

VIII Gastos operativos                           396.341,oo

IX Sin asignación específica               406.270,oo     

                                TOTAL               14:000.000,oo

(i) Cotización del DEG: U$S 1.2963

2º) A tales efectos el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca deberá gestionar ante el F.I.D.A. las correspondientes resignaciones de fondos modificando las categorías del Apéndice 2 del referido Contrato de Préstamo, para cumplir con lo dispuesto en el numeral 1º de la presente Resolución.-

3º) Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos del ejercicio de las tareas de seguimiento y contralor previstas en el artículo 9º del Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de 1993.-

4º) Comuníquese, etc.-