26/06/2001

DERECHO DE AUTOR

En acuerdo con los Ministros de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, Industria, Energía y Minería y de Educación y Cultura el Presidente de la República se dirigió al Presidente de la Asamblea General reiterando el Mensaje por el cual se solicita la aprobación parlamentaria del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor.

El Mensaje expresa:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo, de conformidad con el Artículo 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de reiterar el Mensaje de fecha 18 de noviembre de 1997 que se adjunta, por el cual se solicita la aprobación parlamentaria del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (1996) con las declaraciones concertadas relativas al Tratado adoptadas por la Conferencia Diplomática y las disposiciones del Convenio de Berna (1971) mencionadas en el Tratado, adoptados en la Conferencia Diplomática sobre ciertas Cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos en la ciudad de Ginebra el 20 de diciembre de 1996 y firmado por nuestro país el 8 de enero de 1997.

Al continuar en vigencia para los intereses y el prestigio internacional de la República los fundamentos que en su oportunidad ameritaron su envío, el Poder Ejecutivo se permite solicitar a ese Cuerpo la pronta aprobación del mismo.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

PROYECTO DE LEY

Artículo Unico.- Apruébase el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (1996) con las declaraciones concertadas relativas al Tratado adoptadas por la Conferencia Diplomática y las disposiciones del Convenio de Berna (1971) mencionadas en el Tratado, adoptados en la Conferencia Diplomática sobre ciertas Cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos en la ciudad de Ginebra el 20 de diciembre de 1996 y firmado por nuestro país el 8 de enero de 1997.