26/06/2001
CENTRO DE IMAE EN EL HOSPITAL DE CLINICAS
Ante la gestión promovida por el Hospital de Clínicas el Presidente
de la República aprobó la siguiente resolución:
VISTO: la gestión promovida por el Hospital de
Clínicas «Dr. Manuel Quintela» de la Facultad de Medicina —
Universidad de la República;
RESULTANDO: que por la misma solicita autorización
para la creación de un Instituto de Medicina Altamente Especializada de
Trasplante de Médula Ósea;
CONSIDERANDO: que la Dirección General de la Salud y
la División Control de Calidad del Ministerio de Salud Pública no
formulan objeciones a lo solicitado;
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley No. 16.343 de 24 de diciembre de 1992
y su Decreto Reglamentario No.358/993 de 5 de agosto de 1993;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º.- Autorízase al Hospital de Clínicas «Dr. Manuel
Quintela» de la Facultad de Medicina - Universidad de la República, la
creación y habilitación de un Instituto de Medicina Altamente
Especializada de Transplante de Médula Ósea bajo la Dirección Técnica
del Doctor Roberto de Bellis;
2º. - Comuníquese.
CREAN COMISION HONORARIA
Se creó la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de
obras en el Centro Departamental de Salud de Cerro Largo. La resolución
adoptada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de
Salud Pública establece:
VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra
abocado a la realización de obras en el Centro Departamental de Salud
Pública de Cerro Largo; CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley
Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones
Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos
en el Plan de Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las
prescripciones del articulo 589 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de
1987;
II) que las obras a realizar se encuentran previstas en
el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaria de Estado;
III) que es necesario constituir una Comisión
Honoraria, la cual se encargará de la Administración y Ejecución de las
obras en cuestión;
IV) que se propone integrar la misma con ciudadanos de
reconocida solvencia moral y cívica;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley
Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y Decreto Nº 160/991 de 14 de marzo
de 1991 (Interno No.51/991);
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º.- Créase la Comisión Honoraria de Administración
y Ejecución de obras en el Centro Departamental de Salud Pública de
Cerro Largo, que tendrá como cometido la administración y ejecución de
las mencionadas obras previstas en el Plan de Inversiones Públicas del
Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública -, la que estará integrada por
las siguientes personas: Señores LUIS ALEJANDRO BENGOCHEA SAN MARTÍN,
CARLOS ÁNGEL PIANA ALIFANO, GUZMÁN LUCAS TORT, LAUDARES SÁNCHEZ, RAFAEL
SORRIBAS SHAW, JULIO CÉSAR SÁNCHEZ, Escribana MARCELA ÁLVAREZ
ALCÁNTARA, Arquitecto MAURICIO TORRES y Doctor LUIS ENRIQUE PRITSCH.
2º. Comuníquese.