26/06/2001
CREAN COMISION HONORARIA
Se creó la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de
obras en el Centro Departamental de Salud de Cerro Largo. La resolución
adoptada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de
Salud Pública establece:
VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra
abocado a la realización de obras en el Centro Departamental de Salud
Pública de Cerro Largo;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley Nº
16.170 de 28 de diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones
Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos
en el Plan de Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las
prescripciones del articulo 589 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de
1987;
II) que las obras a realizar se encuentran previstas en
el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaria de Estado;
III) que es necesario constituir una Comisión
Honoraria, la cual se encargará de la Administración y Ejecución de las
obras en cuestión;
IV) que se propone integrar la misma con ciudadanos de
reconocida solvencia moral y cívica;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley
Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y Decreto Nº 160/991 de 14 de marzo
de 1991 (Interno No.51/991);
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º.- Créase la Comisión Honoraria de Administración
y Ejecución de obras en el Centro Departamental de Salud Pública de
Cerro Largo, que tendrá como cometido la administración y ejecución de
las mencionadas obras previstas en el Plan de Inversiones Públicas del
Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública -, la que estará integrada por
las siguientes personas: Señores Luis Alejandro Bengochea San Martín,
Carlos Ángel Piana Alifano, Guzmán Lucas Tort, Laudares Sánchez,
Rafael Sorribas Shaw, Julio César Sánchez, Escribana Marcela Álvarez
Alcantara, Arquitecto Mauricio Torres y Doctor Luis Enrique Pritsh.
2º. Comuníquese.