MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE URUGUAY Y ITALIA
SOBRE SUS RELACIONES BILATERALES
En ocasión de la visita del Presidente de la
República Italiana, Carlo Azeglio Ciampi, a la República Oriental del
Uruguay, Uruguay e Italia han decidido renovar su empeño común en
reforzar los especiales y tradicionales vínculos de amistad y
colaboración entre los dos países y en beneficio de sus respectivos
pueblos.
Atentos a la citada especialidad, fundada en raíces
históricas y culturales comunes, han resuelto asimismo establecer las
bases de una relación aún más profunda tanto en el ámbito político
como en el económico, cultural, científico y tecnológico en el marco de
las siguientes cláusulas:
1 - Las dos Partes reiteran la voluntad común de
mantener una estrecha concertación que valorice ulteriormente el
protagonismo de los dos Estados en el ámbito de sus respectivas regiones
y en la escena política internacional en general, así como una mayor
cooperación en el seno de los organismos multilaterales. Uruguay e Italia
se comprometen además a favorecer las condiciones para un mayor
equilibrio a nivel mundial y un más adecuado respeto de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales. Una particular atención
estará reservada al diálogo entre el MERCOSUR y la Unión Europea, con
el objetivo de llevar a cabo todo esfuerzo necesario para favorecer el
establecimiento de relaciones mutuamente ventajosas entre ambas regiones.
Las dos Partes acuerdan, por tanto, la conveniencia de
establecer con regularidad consultas políticas a nivel de Altos
Funcionarios.
2 - Uruguay e Italia reiteran además la voluntad
común de concluir a la brevedad acuerdos de naturaleza jurídica, que
favorezcan una mayor colaboración entre los dos países en materia de
lucha contra la criminalidad organizada, el narcotráfico y crímenes
conexos.
3 - En el campo económico Uruguay e Italia reforzarán
la colaboración bilateral individualizando eventualmente nuevos
instrumentos con la finalidad de desarrollar ulteriormente:
a) los intercambios comerciales, identificando con tal
finalidad las oportunidades existentes en ambos países y estimulando la
promoción de las respectivas ofertas exportables;
b) la cooperación entre empresas, en particular entre
las pequeñas y medianas, promoviendo formas de colaboración que
faciliten la modernización a través de
la difusión de nuevas tecnologías y el intercambio de
informaciones y la formación de personal. En este último sentido,
particular atención será reservada a la colaboración en programas de
desarrollo científico y tecnológico que tiendan a crear formas de
conexión entre el sector privado y el académico;
e) las actividades económicas y las inversiones de
cada país en el otro. Con tal finalidad se identificaran los mecanismos,
ya existentes o a crearse, que puedan facilitar e incrementar actividad e
inversiones, tanto en el sector de las grandes empresas, como en aquel de
las pequeñas y medianas empresas.
En particular se actuará para favorecer mecanismos de
colaboración empresarial, como joint-ventures entre agentes económicos
de los dos países, así como para favorecer la colaboración tendiente a
la creación en Uruguay de distritos industriales sobre la base del modelo
de los que ya existen en Italia.
Tales mecanismos estarán dirigidos, sea hacia sectores
tecnológicamente avanzados, que a aquellos ya maduros como el sector de
los alimentos, el agroindustrial, el turismo, artesanías, el diseño y
otros que puedan determinarse en el futuro.
En el respeto de las obligaciones asumidas en el
ámbito multilateral, las Partes desarrollarán también actividades
conjuntas de mutuo interés en los siguientes sectores: agrozootecnia,
forestación, producción integrada y producción biológica, calidad y
sanidad de las producciones animal y vegetal, vitivinicultura, producción
de fertilizantes, mayor eficiencia de los canales de producción,
comercialización y distribución.
Las modalidades de actuación "ut supra"
señaladas serán ulteriormente profundizadas por un grupo de trabajo
especifico, cuyos integrantes serán designados por los Ministerios de
Relaciones Exteriores de ambos países.
4 - En el campo de la colaboración cultural Uruguay e
Italia elaborarán programas a la altura de sus tradiciones, en el marco
del Acuerdo Cultural y del Protocolo Ejecutivo en curso de definición.
Las dos Partes estudiarán también la posibilidad de
desarrollar la colaboración interuniversitaria y en el sector de la
cinematografía. Ellas promoverán además, el intercambio de experiencias
sobre los aspectos institucionales de la integración de países y
regiones.
Al mismo tiempo, promoverán el conocimiento de la
lengua y la cultura italiana en Uruguay, así como la cultura uruguaya en
Italia.
Las dos Partes reforzarán además la colaboración en
el ámbito científico y tecnológico, dando continuidad a través de
evaluaciones periódicas de la actividad en curso de realización.
Particular atención será reservada a la colaboración en el sector
sanitario.
La realización de dichos programas quedará abierta a la contribución
de la comunidad Italiana residente en Uruguay, como reflejo de su papel
histórico y de la comunidad uruguaya en Italia como reconocimiento de su
contribución a la creación y al desarrollo de sus históricos vínculos
bilaterales.
Echo en Montevideo, a los trece días del mes de marzo de 2001,
En dos originales igualmente válidos, en idiomas español e italiano.
Ministro de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay
Ministro de Relaciones Exteriores de la República Italiana