13/03/2001

MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE URUGUAY Y ITALIA SOBRE SUS RELACIONES BILATERALES

 En ocasión de la visita del Presidente de la República Italiana, Carlo Azeglio Ciampi, a la República Oriental del Uruguay, Uruguay e Italia han decidido renovar su empeño común en reforzar los especiales y tradicionales vínculos de amistad y colaboración entre los dos países y en beneficio de sus respectivos pueblos.

Atentos a la citada especialidad, fundada en raíces históricas y culturales comunes, han resuelto asimismo establecer las bases de una relación aún más profunda tanto en el ámbito político como en el económico, cultural, científico y tecnológico en el marco de las siguientes cláusulas:

1 - Las dos Partes reiteran la voluntad común de mantener una estrecha concertación que valorice ulteriormente el protagonismo de los dos Estados en el ámbito de sus respectivas regiones y en la escena política internacional en general, así como una mayor cooperación en el seno de los organismos multilaterales. Uruguay e Italia se comprometen además a favorecer las condiciones para un mayor equilibrio a nivel mundial y un más adecuado respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Una particular atención estará reservada al diálogo entre el MERCOSUR y la Unión Europea, con el objetivo de llevar a cabo todo esfuerzo necesario para favorecer el establecimiento de relaciones mutuamente ventajosas entre ambas regiones.

Las dos Partes acuerdan, por tanto, la conveniencia de establecer con regularidad consultas políticas a nivel de Altos Funcionarios.

2 - Uruguay e Italia reiteran además la voluntad común de concluir a la brevedad acuerdos de naturaleza jurídica, que favorezcan una mayor colaboración entre los dos países en materia de lucha contra la criminalidad organizada, el narcotráfico y crímenes conexos.

3 - En el campo económico Uruguay e Italia reforzarán la colaboración bilateral individualizando eventualmente nuevos instrumentos con la finalidad de desarrollar ulteriormente:

a) los intercambios comerciales, identificando con tal finalidad las oportunidades existentes en ambos países y estimulando la promoción de las respectivas ofertas exportables;

b) la cooperación entre empresas, en particular entre las pequeñas y medianas, promoviendo formas de colaboración que faciliten la modernización a través de

la difusión de nuevas tecnologías y el intercambio de informaciones y la formación de personal. En este último sentido, particular atención será reservada a la colaboración en programas de desarrollo científico y tecnológico que tiendan a crear formas de conexión entre el sector privado y el académico;

e) las actividades económicas y las inversiones de cada país en el otro. Con tal finalidad se identificaran los mecanismos, ya existentes o a crearse, que puedan facilitar e incrementar actividad e inversiones, tanto en el sector de las grandes empresas, como en aquel de las pequeñas y medianas empresas.

En particular se actuará para favorecer mecanismos de colaboración empresarial, como joint-ventures entre agentes económicos de los dos países, así como para favorecer la colaboración tendiente a la creación en Uruguay de distritos industriales sobre la base del modelo de los que ya existen en Italia.

Tales mecanismos estarán dirigidos, sea hacia sectores tecnológicamente avanzados, que a aquellos ya maduros como el sector de los alimentos, el agroindustrial, el turismo, artesanías, el diseño y otros que puedan determinarse en el futuro.

En el respeto de las obligaciones asumidas en el ámbito multilateral, las Partes desarrollarán también actividades conjuntas de mutuo interés en los siguientes sectores: agrozootecnia, forestación, producción integrada y producción biológica, calidad y sanidad de las producciones animal y vegetal, vitivinicultura, producción de fertilizantes, mayor eficiencia de los canales de producción, comercialización y distribución.

Las modalidades de actuación "ut supra" señaladas serán ulteriormente profundizadas por un grupo de trabajo especifico, cuyos integrantes serán designados por los Ministerios de Relaciones Exteriores de ambos países.

4 - En el campo de la colaboración cultural Uruguay e Italia elaborarán programas a la altura de sus tradiciones, en el marco del Acuerdo Cultural y del Protocolo Ejecutivo en curso de definición.

Las dos Partes estudiarán también la posibilidad de desarrollar la colaboración interuniversitaria y en el sector de la cinematografía. Ellas promoverán además, el intercambio de experiencias sobre los aspectos institucionales de la integración de países y regiones.

Al mismo tiempo, promoverán el conocimiento de la lengua y la cultura italiana en Uruguay, así como la cultura uruguaya en Italia.

Las dos Partes reforzarán además la colaboración en el ámbito científico y tecnológico, dando continuidad a través de evaluaciones periódicas de la actividad en curso de realización. Particular atención será reservada a la colaboración en el sector sanitario.

La realización de dichos programas quedará abierta a la contribución de la comunidad Italiana residente en Uruguay, como reflejo de su papel histórico y de la comunidad uruguaya en Italia como reconocimiento de su contribución a la creación y al desarrollo de sus históricos vínculos bilaterales.

Echo en Montevideo, a los trece días del mes de marzo de 2001,

En dos originales igualmente válidos, en idiomas español e italiano.

Ministro de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay

Ministro de Relaciones Exteriores de la República Italiana