14/03/2001

IMPUESTO AL FONDO DE SOLIDARIDAD

Los profesionales egresados de la Universidad de la República y del nivel terciario de UTU así como los responsables de los organismos públicos y empresas privadas deben pagar el Impuesto al Fondo de Solidaridad y de acuerdo a lo establecido en la Ley 16254 (Creación del Fondo de Solidaridad) todos los años en el mes de abril se deberá presentar la constancia de estar al día con el pago del mencionado tributo. El Profesional que no haya realizado los aportes correspondientes no podrá realizar trámites oficiales ni percibir remuneraciones de especie alguna.

Los Profesionales amparados a las Cajas Profesional o Notarial reciben de las mismas la constancia de estar al día; aquellos cuyas profesiones no se encuentren amparadas por ninguna de las Cajas, deben pasar por las oficinas del Fondo de Solidaridad (Reconquista 535, plata baja), munidos de los comprobantes de pago a los efectos de canjearlos por el certificado correspondiente.