El Presidente de la República aprobó, mediante
resolución, el convenio celebrado entre el MTOP y el Club Remeros
Paysandú para la realización de obras de reacondicionamiento de piscina
y equipos.
La resolución dice:
VISTO: el Convenio celebrado el 7 de marzo de 2001,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Remeros
Paysandú, Departamento de Paysandú,
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para
la realizar la terminación de obra de reacondicionamiento de piscina y
equipos; con la suma de $190.000,00 en efectivo;
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $190.000,00, discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 7 de marzo de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Club Remeros Paysandú, Departamento de Paysandú, para la
realizar la terminación de obra de reacondicionamiento de piscina y
equipos.
2°- Autorizase, la inversión de la suma de
$190.000,00 (pesos uruguayos ciento noventa mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero 1996, Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 10 del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N° 158, y con el decreto
90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°- Autorizase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $190.000,00 (pesos uruguayos
ciento noventa mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Sucursal Paysandú) para ser depositada en una
cuenta especial denominada:
"Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Club
Remeros Paysandú- Obra por Convenio"), la que se atenderá con cargo
a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.