21/03/2001

CONVENIO CON EL CLUB REMEROS PAYSANDÚ

El Presidente de la República aprobó, mediante resolución, el convenio celebrado entre el MTOP y el Club Remeros Paysandú para la realización de obras de reacondicionamiento de piscina y equipos.

La resolución dice:

VISTO: el Convenio celebrado el 7 de marzo de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Remeros Paysandú, Departamento de Paysandú,

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la realizar la terminación de obra de reacondicionamiento de piscina y equipos; con la suma de $190.000,00 en efectivo;

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $190.000,00, discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 7 de marzo de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Remeros Paysandú, Departamento de Paysandú, para la realizar la terminación de obra de reacondicionamiento de piscina y equipos.

2°- Autorizase, la inversión de la suma de $190.000,00 (pesos uruguayos ciento noventa mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 10 del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N° 158, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°- Autorizase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $190.000,00 (pesos uruguayos ciento noventa mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Paysandú) para ser depositada en una cuenta especial denominada:

"Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Club Remeros Paysandú- Obra por Convenio"), la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.