HIPODROMO NACIONAL DE MAROÑAS: LLAMADO A LICITACION
El Presidente de la República en acuerdo con el
Ministro de Economía y Finanzas dictó una resolución por la cual se
llama a Licitación Pública Internacional para la explotación del juego
de apuestas mutuas sobre el resultado de carreras de caballos en el
"Hipódromo Nacional de Maroñas", en todas sus modalidades.
La resolución establece lo siguiente:
VISTO: lo dispuesto por el artículo
3º de la Ley N0 17.006, de 18 de setiembre de 1998.-
RESULTANDO: I) que la Ley 17.006, de
18 de setiembre de 1998, dispuso que el Poder Ejecutivo, por intermedio
del Ministerio de Educación y Cultura, gestionara la expropiación del
inmueble denominado "Hipódromo Nacional de Maroñas".-
II) que el 23 de agosto de 1999 se procedió, por parte
del Ministerio de Educación y Cultura, a tomar posesión del inmueble
señalado.-
III) que por el referido artículo 3º se dispuso el
llamado a licitación pública para la explotación del juego de apuestas
mutuas sobre el resultado de carreras de caballos en el "Hipódromo
Nacional de Maroñas", en todas sus modalidades, sea dicho juego
recepcionado en el mismo o fuera de él, y para la tenencia y uso del
inmueble expropiado. -
IV) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de
octubre de 1999 hizo efectivo dicho llamado habiéndose presentado un
único oferente. -
V) que el Poder Ejecutivo por Resolución de 19 de
julio de 2000, declaró que la única oferente de la Licitación no
alcanzó el puntaje mínimo de precalificación exigido por el pliego, a
la vez que dispuso invitarla a contratar directamente al amparo de lo
establecido por el artículo 33º, numeral 3), literal B) del TOCAF 1996.-
VI) que, finalmente, se condicionó la contratación al
cumplimiento de ciertas condiciones, dentro de un plazo determinado.-
CONSIDERANDO: I) que al vencimiento
del plazo referido no se cumplieron las condiciones en su totalidad,
razón por la cual se tuvo por resuelto el contrato.-
II) que en consecuencia, corresponde proceder a
efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública Internacional para la
concesión y explotación del "Hipódromo Nacional de Maroñas"
y aprobar el correspondiente pliego de bases y condiciones particulares.-
III) lo dispuesto por las Leyes N0 9.575, de
10 de julio de 1936, N0 11.490, artículo 62º, de 18 de
setiembre de 1950, N0 14.040, de 20 de octubre de 1971, N0
17.006, de 18 de setiembre de 1998 y Texto Ordenado de Contabilidad
y Administración Financiera del Estado (TOCAF 1996) y Decretos de 7 de
agosto de 1936, N0 53/993, de 28 de enero de 1993 y N0 342/999,
de 26 de octubre de 1999.-
ATENTO: a lo expuesto. -
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º) Llámase a Licitación Pública
Internacional para la explotación del juego de apuestas mutuas sobre el
resultado de carreras de caballos en el "Hipódromo Nacional de
Maroñas", en todas sus modalidades, sea dicho juego recepcionado en
el mismo o fuera de él, y para la tenencia y uso del inmueble que ha sido
expropiado. -
2º) Apruébase el pliego de bases y
condiciones particulares y sus anexos a regir en la referida Licitación,
que se adjunta y forma parte integrante de esta Resolución.-
3º) Cométese a la Dirección General
de Casinos la realización de todas las actividades operativas necesarias
para el llamado a Licitación, así como el dictado de todas las
resoluciones que requiera el trámite licitatorio, con excepción de la
que disponga la adjudicación. -
4º) Declárase que el adjudicatario
de la Licitación estará sometido, en cuanto al inmueble, a todas las
condicionantes resultantes de su carácter de monumento histórico.-
5º) Comuníquese, publíquese, etc..
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