16/05/2001
CONTRATO DE PRESTAMO ENTRE EL BROU Y EL BID
En acuerdo con los Ministros de Economía y finanzas y de Relaciones
Exteriores el Presidente de la República firmó un decreto mediante el
cual se aprueba el proyecto de contrato entre el BROU y el BID por U$S
6:125.000.
El decreto establece lo siguiente:
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a
celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), destinado a financiar parcialmente
el Programa de Fortalecimiento del Poder Judicial.
RESULTANDO : que el Directorio Ejecutivo del
Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) aprobó el correspondiente
Préstamo Nº 1277/OC-UR con fecha 15 de noviembre de 2000, por
un monto de U$S 6:125.000,oo (seis, millones ciento veinticinco mil
dólares de los Estados Unidos de América), que será amortizado
en un plazo de veinticinco años, con cinco años de gracia y con un
interés variable semestral.
CONSIDERANDO: que corresponde aprobar el respectivo
Contrato de Préstamo, que será suscrito en representación del país por
el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Alberto Bensión. -
ATENTO: a lo dispuesto por el articulo 145º de la
Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por el Decreto Nº
586/993, de 27 de diciembre de 1993.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º) Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 1277/OC-UR
por un monto de U$S 6:125.000,oo (seis millones ciento veinticinco mil
dólares de los Estados Unidos de América), a celebrarse entre la
República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo
(B.I.D.), cuyo texto forma parte de la presente Resolución. -
2º) El referido contrato será otorgado y suscrito en
nombre y representación del país por el Sr. Ministro de Economía y
Finanzas, Cr. Alberto Bensión.
3º) Desígnanse al Dr. Fernando Scelza como Asesor
Legal para que expida, por la República, los dictámenes jurídicos
correspondientes a dicho Contrato.-
4º) Dese cuenta a la Asamblea General.-
5º) Comuníquese, etc. -