16/05/2001

CONTRATO DE PRESTAMO ENTRE EL BROU Y EL BID

En acuerdo con los Ministros de Economía y finanzas y de Relaciones Exteriores el Presidente de la República firmó un decreto mediante el cual se aprueba el proyecto de contrato entre el BROU y el BID por U$S 6:125.000.

El decreto establece lo siguiente:

VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), destinado a financiar parcialmente el Programa de Fortalecimiento del Poder Judicial.

RESULTANDO : que el Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) aprobó el correspondiente Préstamo Nº 1277/OC-UR con fecha 15 de noviembre de 2000, por un monto de U$S 6:125.000,oo (seis, millones ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América), que será amortizado en un plazo de veinticinco años, con cinco años de gracia y con un interés variable semestral.

CONSIDERANDO: que corresponde aprobar el respectivo Contrato de Préstamo, que será suscrito en representación del país por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Alberto Bensión. -

ATENTO: a lo dispuesto por el articulo 145º de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por el Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de 1993.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1º) Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo Nº 1277/OC-UR por un monto de U$S 6:125.000,oo (seis millones ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América), a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), cuyo texto forma parte de la presente Resolución. -

2º) El referido contrato será otorgado y suscrito en nombre y representación del país por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Alberto Bensión.

3º) Desígnanse al Dr. Fernando Scelza como Asesor Legal para que expida, por la República, los dictámenes jurídicos correspondientes a dicho Contrato.-

4º) Dese cuenta a la Asamblea General.-

5º) Comuníquese, etc. -