23/05/2001

SAN CONO: FERIADO LABORABLE

En acuerdo con el Ministro del Interior y con la firma de todos los Ministros, el Presidente de la República promulgó la Ley Nº 17.337, cuyo artículo único expresa:

Artículo Unico: Declárase feriado laborable para el departamento de Florida, el día 3 de junio de cada año, con motivo de celebrarse la fiesta de San Cono.