24/05/2001

UNIDADES EJECUTORAS EN LA FUERZA AEREA

En acuerdo con el Ministro de Defensa Nacional el Presidente de la República aprobó una resolución referente a la fusión de las Unidades Ejecutoras existentes en la Fuerza Aérea. La misma expresa:

Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea para ampararse en las disposiciones Contenidas en el artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F.), Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.-

Resultando: que por el Decreto 377/998 de 22 de diciembre de 1998, se fusionaron la totalidad de las Unidades Ejecutoras existentes en la Fuerza Aérea, lo que motivó que el Comando General realizara las gestiones pertinentes ante el Tribunal de Cuentas de la República, para ampararse en el mencionado artículo del T.O.C.A.F.-

Considerando: I) que el artículo 41 citado fija montos ampliados para las contrataciones que realicen los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado y autoriza al Poder Ejecutivo, a que, previo dictamen del Tribunal de Cuentas, extienda ese régimen a otros Organismos Públicos que demuestren tener adecuada gestión y eficaz control interno.-

II) que por la Resolución del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 20 de diciembre de 2000, se dispuso emitir el dictamen previsto en el artículo 41 del T.O.C.A.F y que de acuerdo con la evaluación realizada el sistema de control interno y de gestión del organismo cumple con las exigencias y normas vigentes respecto a la salvaguarda de activos, gestión de contrataciones, controles en stocks, servicios de auditoría, formulación de presupuestos y balances de ejecución presupuestal.-

Atento: a los fundamentos precedentemente expuestos y a lo establecido por el artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F.) y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República.-

El Presidente de la República

Resuelve:

1ro.- Declárase comprendida en las disposiciones contenidas en el artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997, (T.O.C.A.F) Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, a la Unidad Ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza Aérea".-

2do.- Comuníquese, notifíquese al Tribunal de Cuentas de la República, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido archívese.