UNIDADES EJECUTORAS EN LA FUERZA AEREA
En acuerdo con el Ministro de Defensa Nacional el
Presidente de la República aprobó una resolución referente a la fusión
de las Unidades Ejecutoras existentes en la Fuerza Aérea. La misma
expresa:
Visto: la gestión promovida por el Comando General
de la Fuerza Aérea para ampararse en las disposiciones Contenidas en el
artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F.),
Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.-
Resultando: que por el Decreto 377/998 de 22 de
diciembre de 1998, se fusionaron la totalidad de las Unidades Ejecutoras
existentes en la Fuerza Aérea, lo que motivó que el Comando General
realizara las gestiones pertinentes ante el Tribunal de Cuentas de la
República, para ampararse en el mencionado artículo del T.O.C.A.F.-
Considerando: I) que el artículo 41 citado fija
montos ampliados para las contrataciones que realicen los Entes Autónomos
y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado
y autoriza al Poder Ejecutivo, a que, previo dictamen del Tribunal de
Cuentas, extienda ese régimen a otros Organismos Públicos que demuestren
tener adecuada gestión y eficaz control interno.-
II) que por la Resolución del Tribunal de Cuentas de
la República de fecha 20 de diciembre de 2000, se dispuso emitir el
dictamen previsto en el artículo 41 del T.O.C.A.F y que de acuerdo con la
evaluación realizada el sistema de control interno y de gestión del
organismo cumple con las exigencias y normas vigentes respecto a la
salvaguarda de activos, gestión de contrataciones, controles en stocks,
servicios de auditoría, formulación de presupuestos y balances de
ejecución presupuestal.-
Atento: a los fundamentos precedentemente expuestos
y a lo establecido por el artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio
de 1997 (T.O.C.A.F.) y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la
República.-
El Presidente de la República
Resuelve:
1ro.- Declárase comprendida en las disposiciones
contenidas en el artículo 41 del Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997,
(T.O.C.A.F) Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, a
la Unidad Ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza Aérea".-
2do.- Comuníquese, notifíquese al Tribunal de
Cuentas de la República, publíquese y pase al Comando General de la
Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido archívese.