29/05/2001
SUBSIDIO PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS
El Presidente de la República en acuerdo con el
Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente aprobó
una resolución por la cual se autoriza una partida para la adquisición
de viviendas
La mencionada resolución establece que:
VISTO: el Plan Quinquenal de vivienda 2000 - 2004
aprobado por la Ley de Presupuesto Nacional Nº 17296;
RESULTANDO: I) que en la citada Ley de Presupuesto
se proyectan diferentes bandas de soluciones habitacionales,
contemplándose entre otras el otorgamiento de Certificados de Subsidio
Habitacional Directo;
II) que el monto del subsidio fue determinado como una
variable dependiente, a efectos de asegurar que las familias beneficiarias
con ingresos mensuales correspondientes al piso de cada banda, puedan
complementar el ahorro previo y el crédito hipotecario con un subsidio
estatal que posibilite la adquisición de una solución habitacional;
III) que el otorgamiento de los subsidios se realiza de
acuerdo a los manuales y reglamentos aplicados al Sistema Integrado de
Acceso a la Vivienda;
CONSIDERANDO: I) que a efectos de dar cumplimiento
a la normativa vigente en materia de ordenamiento financiero y por razones
de buena administración, es necesario autorizar un monto determinado por
concepto de subsidios para adquisición objetivo de este Ministerio, así
como los gastos que de ellos deriven;
II) que la presente erogación se atenderá con cargo
al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización;
III) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado
observaciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y al Plan
Quinquenal de Vivienda y Urbanización aprobado por la Ley 17.296;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º.- Autorízase una partida de hasta U.R. 600.000 (unidades
reajustables seiscientas mil) por concepto de Subsidio para la
adquisición de viviendas para beneficiarios de soluciones habitacionales
previstas en el Plan Quinquenal de Vivienda 2000 – 2004 correspondientes
al ejercicio 2001.-