07/11/2001

 APRUEBAN DISTRIBUCIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

El Presidente de la República aprobó las siguiente resoluciones referidas a las distribuciones de gastos de funcionamiento de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Salud Pública.

Las referidas resoluciones expresan que:

VISTO: lo establecido por el articulo 644° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001.-

RESULTANDO: que el Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 2° del Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001, proyectó la distribución de los topes de ejecución de sus gastos de funcionamiento entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras, la que se presentó a informe de la Contaduría General de la Nación.-

CONSIDERANDO: que la referida Oficina luego de efectuar los controles correspondientes, dio su informe favorable a la distribución proyectada.-

ATENTO: a lo expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Apruébase la distribución propuesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores respecto a los topes máximos entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras para el cumplimiento de sus gastos de funcionamiento, que se detalla en anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución.-

2°) Sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, la citada Secretaría de Estado podrá ante requerimientos impostergables debidamente fundados, redistribuir los topes de ejecución entre sus distintas unidades ejecutoras, siempre que no se supere el límite máximo acordado al Inciso y la distribución por fuentes de financiamiento.-

3°) Comuníquese y vuelva a sus efectos al Ministerio de Relaciones Exteriores.-

ANEXO

Inciso 06 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DISTRIBUCIÓN TOPE DE EJECUCIÓN

PROGRAMA

DENOMINACIÓN

GASTOS FIN. 1.1

GASTOS FIN. 1.2

TOTAL

001

Administración

42960000

 

42960000

002

Ejecución de Política Internacional

224555458

53696300

229921758

 ------------------------------------------------    

 

VISTO: lo establecido por el artículo 644° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001.-

RESULTANDO: que el Ministerio de Salud Pública, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001, proyectó la distribución de los topes de ejecución de sus gastos de funcionamiento entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras, la que se presentó a informe de la Contaduría General de la Nación.-

CONSIDERANDO: que la referida Oficina, luego de efectuar los controles correspondientes, dio su informe favorable a la distribución proyectada.-

ATENTO: a lo expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Apruébase la distribución propuesta por el Ministerio de Salud Pública respecto a los topes máximos entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras para el cumplimiento de sus gastos de funcionamiento, que se detallan en anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución.-

2°) Sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, la citada Secretaria de Estado podrá, ante requerimientos impostergables debidamente fundados, redistribuir los topes de ejecución entre sus distintas unidades ejecutoras, siempre que no se supere el limite máximo acordado al Inciso y la distribución por fuentes de financiamiento.-

3°) Comuníquese y vuelva a sus efectos al Ministerio de Salud Pública.-

INCISO 12- MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

DISTRIBUCIÓN TOPE DE EJECUCIÓN

 

PROGRAMA

DENOMINACIÓN

GASTOS FIN. 1.1

GASTOS FIN. 1.2

TOTAL

001

Administración Superior

151,283,109

 

156,450,859

002

Planificación del Sistema de Servicios de Salud

1,063,365

 

1,063,365

003

Control de Calidad de la Atención Médica

3,648,354

 

3,648,354

004

Situación de Salud

74,649,749

26,455,079

101,104,828

005

Administración del Subsidio para la Atención Médica

484,222,267

5,929,274

490,151,541

006

Administración de la Red de Establecimiento de Agudos

7081630,865

57,334,613

765,965,478

007

Administración de la Red de Establecimiento de Agudos del Interior

672,701,247

33,450,063

706,151,310

008

Administración de la Red de los Establecimientos de Crónicos y Especializados

172,781,140

58,647,667

231,428,807

TOTAL

 

2,268,980,096

186,984,446

2,455,964,542