13/11/2001

DONACIÓN DEL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA

Se autorizó  al Director de la OPP a aceptar la donación de 50 millones de pesetas otorgado por el Gobierno del Reino de España los que están destinados para diversos proyectos. La resolución aprobada por el Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia en acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores establece lo siguiente:

VISTO: la donación de Ptas. 50:000.000,00 (cincuenta millones de pesetas) en su equivalente en Euros, otorgada a la República por el Gobierno del Reino de España, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI);

RESULTANDO: I) que el objeto de la referida donación es la financiación de los siguientes proyectos: "Cooperación en materia judicial", "Fortalecimiento en la formación para la intervención social y educativa con niños de 0 a 5 años"; "Capacitación y actualización docente en Uruguay"; "Descentralización y educación a distancia"; "Cooperación con la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeña y Mediana Empresa"; "Cooperación en materia de transporte" y “Cooperación con el Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias";

II) que para la ejecución de dichos Proyectos se asignará el monto de la donación o su equivalente en Euros, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

III) que dicho ofrecimiento, bajo la forma de una donación modal, cuya aceptación se autoriza por esta Resolución, contiene en su artículo 4, literal d), la condición de que las asistencias o consultorías que requieran dichos Proyectos, sean realizadas por instituciones, agentes o empresas españolas, razón por la cual no será de aplicación, en la especie, lo dispuesto en el artículo 35° del TOCAF;

CONSIDERANDO: I) que el Convenio Básico de Cooperación Científica y Tecnológica suscrito entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República el 29 de noviembre de 1974, el Convenio de Cooperación Técnica del 4 de noviembre de 19871 y el Tratado General de Cooperación y Amistad entre nuestro país y el Reino de España firmado en la ciudad de Madrid el 23 de julio de 1992, establecen las normas básicas de cooperación entre ambos Gobiernos;

II) que a solicitud de AECI, la donación deberá ser depositada en una cuenta corriente en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) en nuestro país, cuya titularidad corresponderá a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

III) que el artículo 19° del Decreto-Ley N° 15.322, de 17 dl setiembre de 1982, el artículo 13° del Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992 y el artículo 4 ° del TOCAF 1996, habilitan al Poder Ejecutivo a autorizar la apertura de cuentas en instituciones financieras privadas;

ATENTO: a lo expuesto ya lo dispuesto por el Decreto N° 91/997 de 19 dE marzo de 1997, que en materia de competencia de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, establece su potestad de coordinación en la ejecución de los programas y proyectos de cooperación internacional;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°- Autorízase al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Cr. Ariel Davrieux, a aceptar, en representación de la República, la donación de Ptas. 50:000.000.00 (cincuenta millones de pesetas), en su equivalente en Euros, otorgada por el Gobierno del Reino de España, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI).

2°- Otórgase a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la facultad de disponer de los fondos provenientes de la referida donación para los proyectos de cooperación internacional aprobados por el Gobierno del Reino de España, de acuerdo con la Resolución de la AECI de 6 de agosto de 2001.

3°- Cométese al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la suscripción con personas físicas o jurídicas -públicas y privadas- de los convenios y contratos necesarios para la ejecución de los referidos proyectos.

4°- Autorízase la apertura por parte de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de una cuenta corriente en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) a los efectos de depositar dichos fondos.

5°- Comuníquese, etc..