14/11/2001
TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS: PLANILLADO
El
Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia aprobó en
acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas la modificación del
planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, a fin de
efectuar correcciones de los errores y omisiones detectados por el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
El
texto del decreto es el siguiente:
VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, solicitando efectuar las correcciones de los errores y
omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.296,
de 21 de febrero de 2001.-
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de
julio de 1997 se adjudicaron 430 Unidades Reajustables anuales para abonar
las Primas por Quebranto de Caja a los funcionarios que manejan fondos en
el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" ,
Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Vialidad" .-
II) que se constató que erróneamente se había
proyectado y registrado, para los ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 10
"Ministerio de Transporte y Obras Públicas" , Unidad Ejecutora
003 "Dirección Nacional de Vialidad", Financiación 1.1, Objeto
del Gasto 045.005 "Quebrantos de Caja", una cifra aproximada a
210 Unidades Reajustables a valores del 31 de diciembre de 1999, que no
alcanza para dar cumplimiento a la mencionada Resolución.-
CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los
referidos errores y omisiones.-
II) que Corresponde modificar los créditos
asignados para que se refleje en ellos la distribución de Unidades
Reajustables dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de
julio de 1997.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y la Contaduría General de la Nación ya lo dispuesto por el
articulo 5° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase, en el planillado anexo a la Ley N°- 17.296 , de
21 de febrero de 2001, en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y
Obras Públicas" , Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de
Vialidad" , Financiación 1.1 "Rentas Generales", los
créditos asignados para los años 2001 a 2004, según el siguiente
detalle:
(Valor de la U.R. al 31/12/99=$ 194,93)
OBJETO
|
PERIODO 2001 A 2004
|
045/005
|
42.820,00
|
059
|
3.568,00
|
081
|
9.046,00
|
082
|
464,00
|
ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc. .-