14/11/2001

TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS: PLANILLADO

El Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia aprobó en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas la modificación del planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, a fin de efectuar correcciones de los errores y omisiones detectados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

El texto del decreto es el siguiente:

VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de julio de 1997 se adjudicaron 430 Unidades Reajustables anuales para abonar las Primas por Quebranto de Caja a los funcionarios que manejan fondos en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" , Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Vialidad" .-

II) que se constató que erróneamente se había proyectado y registrado, para los ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" , Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Vialidad", Financiación 1.1, Objeto del Gasto 045.005 "Quebrantos de Caja", una cifra aproximada a 210 Unidades Reajustables a valores del 31 de diciembre de 1999, que no alcanza para dar cumplimiento a la mencionada Resolución.-

CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones.-

II) que Corresponde modificar los créditos asignados para que se refleje en ellos la distribución de Unidades Reajustables dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de julio de 1997.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación ya lo dispuesto por el articulo 5° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase, en el planillado anexo a la Ley N°- 17.296 , de 21 de febrero de 2001, en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" , Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Vialidad" , Financiación 1.1 "Rentas Generales", los créditos asignados para los años 2001 a 2004, según el siguiente detalle:

(Valor de la U.R. al 31/12/99=$ 194,93)

OBJETO

PERIODO 2001 A 2004

045/005

42.820,00

059

3.568,00

081

9.046,00

082

464,00

ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc. .-