11/10/2001
      MERCOSUR:
      POLÍTICA AUTOMOTRIZ
      
      
      A  partir  del  1° de enero de 2006
      los productos del sector automotor estarán en régimen de libre comercio
      en el MERCOSUR.
      Argentina, 
      Brasil,  Paraguay y Uruguay (países miembros del MERCOSUR)
      suscribieron  el  Trigésimo  primer  Protocolo 
      Adicional  al  Acuerdo de Complementación 
      Económica  N° 18 (ACE 18), mediante el cual acuerdan la
      "Política  Automotriz  del  MERCOSUR 
      (PAM)",  asimismo  suscribieron  el
      Trigesimosexto  Protocolo  Adicional  al  ACE 
      18,  mediante  el  cual se acuerdan las " Las
      disposiciones particulares para la incorporación plena
      de la República  del  Paraguay  a la PAM".
      Ambos instrumentos prevén el otorgamiento  recíproco  de 
      una  preferencia de 100% sobre los aranceles para  la
      importación de automóviles, ómnibus, camiones, chasis remolques,
      carrocerías,  tractores,  maquinaria  agrícola y vial
      autopropulsada; así como autopartes.  En  suma,  se
      sientan las bases para crear condiciones favorables  
      al   desarrollo  de  una  plataforma 
      regional  integrada  y competitiva  con 
      capacidad  de  explorar  oportunidades de exportación a
      terceros países.
      
      
      Dentro 
      del  marco  de la "PAM" se establecen sistemas para
      regular la producción  y el comercio del sector en forma bilateral
      entre los países.
      De  tal forma que a través de dicho instrumento quedan reguladas en
      forma detallada,   hasta  el 31 de diciembre de 2005, las
      condiciones de acceso al mercado entre pares países.
      
      
      Cabe 
      destacar que en el caso del Paraguay y del Uruguay se contemplan
      elementos  diferenciales  que permitirán a ambos países el
      desarrollo del sector  en  sus  respectivos 
      territorios,  así  como  una  participación
      equilibrada en el comercio.
      
      
      Asimismo, 
      mediante  dichos  instrumentos, los países que conforman la
      subregión adecuan los productos del sector automotor al funcionamiento de
      la  Unión  Aduanera,  fijando  el Arancel Externo
      Común (AEC) en 35% para todos  los  productos, 
      excepto  para  tractores  agrícolas  y maquinaria
      agrícola  o  vial  autopropulsada,  cuyo AEC es de
      14%. En el caso de las autopartes se mantiene el AEC establecido
      oportunamente. No obstante, las autopartes  no  producidas 
      en  el  MERCOSUR  tributarán  un  arancel 
      de importación de 2%.
      
      
      El 
      flujo  del  comercio  entre  Argentina  y 
      Brasil será monitoreado trimestralmente  en  forma global, no
      existirá un límite máximo para las exportaciones  de ninguno de
      los dos países- siempre que se preserven las proporciones acordados.
      
      
      Por 
      su  parte,  el  acceso  de  vehículos  y
      autopartes de Paraguay y Uruguay  para  ingresar  a 
      los  mercados  de Argentina y de Brasil están sujetos 
      a  cupos con incrementos anuales, que inician con 5.000 y 18.000
      unidades,  respectivamente,  para  Argentina  y 10.000
      y 16.000 unidades, respectivamente para Brasil.
      
      
      En 
      los  últimos  tres  años las exportaciones de productos
      del sector automotor de los países del MERCOSUR hacia terceros países
      alcanzaron los 12.000 millones de dólares, mientras que el comercio entre
      los países del MERCOSUR,  en el mismo período, superó los 15.000
      millones de dólares. De esta  última cifra corresponden un 85% a
      vehículos automotores, 11% a las autopartes y el 4% restante, a
      maquinaria vial y agrícola.
      
      
      Cabe 
      destacar  la  importancia  del comercio de los productos de
      éste sector  entre  los  países  del 
      MECOSUR,  ya que éste representa casi la tercera parte del
      comercio  intrarregional.