24/10/2001
ADJUDICAN LICITACIONES
El
Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Salud Pública adjudicó las siguientes licitaciones:
VISTO: estos antecedentes relacionados con el primer llamado
de la Licitación Pública N° 01/2001 "SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS
PARA EL CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALUD PUBLICA DE PAYSANDU (HOSPITAL
ESCUELA DEL LITORAL), Periódica, Plaza, de 14 de noviembre de 2000,
formulado por la Oficina de Compras del mencionado Centro para satisfacer
las necesidades del mismo entre el 1º de enero y el 30 de abril de 2001;
RESULTANDO: que se presentaron -en el acto de apertura- cuarenta y nueve
(49) firmas del ramo;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones del
Establecimiento aconseja aceptar las propuestas de cuarenta y dos (42)
firmas, por mejor precio, único oferente o preferencia por la Industria
Nacional;
II) que el Director del Servicio está en un todo de
acuerdo con el dictamen de la citada Comisión;
III) que se remitieron estos obrados a la
intervención previa del Tribunal de Cuentas de la República; .
IV) que dicho Órgano de Control observa el gasto
indicando que: el Pliego de Condiciones Particulares establece como forma
de pago crédito a los noventa (90) días del cierre del mes en que se
realizó el
suministro en contravención con lo dispuesto en el Artículo 11 del
Decreto 342/99 de 26 de octubre de 1999; el Laboratorio Aster S.A. no
presenta la constancia de inscripción del producto ante el Ministerio de
Salud Pública ni indica el origen de los productos ofertados, y, que las
presentes actuaciones cuentan con principio de ejecución de acuerdo a lo
dispuesto por el Literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República;
V) que el Director del Establecimiento adjunta
nota contestando las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas
de la República;
VI) que el suministro de medicamentos es
imprescindible para la correcta atención médica de los pacientes que se
asisten en el Centro Departamental;
VII) que la Administración tiene la potestad de
insistir en el gasto observado
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 97 del Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudícase, de acuerdo con lo aconsejado por la Comisión
Asesora de Adjudicaciones actuante y según detalle que figura en el Anexo
que se
considera parte integrante de la presente, a cuarenta y dos (42) firmas
del ramo, en la suma total de $ 5:978.430,00 (pesos cinco millones
novecientos setenta y ocho mil cuatrocientos treinta) Impuestos incluidos;
el suministro de medicamentos para el Centro Departamental de Salud
Pública de Paysandú (Hospital Escuela del Litoral), entre el 1º de
enero y el 30 de abril de 2001; en el marco del primer llamado de la
Licitación Pública N° 01/2001, Periódica., Plaza, de 14 de noviembre
de 2000.
2°.- El importe
anual ascenderá a la suma de $ 17:935.290,00 (pesos diecisiete millones
novecientos treinta y cinco mil doscientos noventa) Impuestos Incluidos,
en caso de prorrogarse el contrato hasta el 31 de diciembre de 2001.
3°.- La
erogación total que genera el presente compromiso se atenderá con cargo
a los Documentos de Afectación Nos.: 000003, Financiamiento: II (Rentas
Generales), Objeto del Gasto N°:152 (productos Medicinales y
Farmacéuticos), Programa 007, Unidad Ejecutora 024, el que cuenta con
disponibilidad de crédito suficiente y su pago se hará efectivo mediante
el S.l.l.F., mes de compra y treinta (30) días;
4°.- Las empresas
mantienen sus ofertas por el período que abarca el contrato y entregan
los medicamentos en forma inmediata, una vez extendidas las Ordenes de Compra, con una tolerancia de
tres (3) días hábiles, según los casos.
5°.- Autorízase a prorrogar el contrato por dos (2) períodos
iguales y consecutivos hasta el 31 de diciembre de 2001.
6°.- Los precios se
actualizarán por el I.P.C. dos (2) veces al año: el 1° de mayo y el 1º
de setiembre de 2001.
7°.- Insístese -conforme a la potestad otorgada a la
Administración- en
el gasto observado destacando que el suministro de medicamentos
es imprescindible para la correcta atención médica de los pacientes que
se asisten en el Centro Departamental.
8°.- Remítase copia de la presente resolución al Tribunal de
Cuentas de la República (artículo 8° de la Ordenanza de dicho Cuerpo de
22 de mayo de 1958)
9°.- Comuníquese.
10°.- Vuelva a la Gerencia Recursos Materiales de A.S.S.E. para la
prosecución del trámite correspondiente.
__________
VISTO: estos antecedentes relacionados con el primer llamado de la
Licitación Pública N° 1100/2001 "SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS PARA
EL HOSPITAL MACIEL", Periódica, Plaza, de 21 de noviembre de 2000,
formulado por la Oficina de Compras del mencionado Hospital;
RESULTANDO: I) que -en la oportunidad- cotizaron sesenta y dos
(62) firmas del ramo;
II) que
la Comisión Asesora de Adjudicaciones aconseja aceptar las propuestas de
cincuenta y seis (56) de los oferentes, por: mejor precio, único
oferente, presentación, calidad y preferencia por la Industria Nacional;
CONSIDERANDO: I) que el -Director del Hospital expresa que el
presente contrato comenzará a ejecutarse Cuando el Tribunal de Cuentas de
la República intervenga el gasto;
II) que previamente a dictar la resolución de
adjudicación respectiva se remitieron estos obrados a la intervención
previa del Tribunal de Cuentas de la República;
III) que dicho Órgano de Control no formula
observaciones al respecto, indicando que cuando el Ordenador Competente
disponga el gasto en la forma propuesta se tendrá por intervenido el
mismo;
ATENTO: a lo antes expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Adjudícase, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión Asesora de
Adjudicaciones actuante y según detalle que figura en el Anexo que se
considera parte integrante de la presente, a cincuenta y seis (56) firmas
de plaza, en la suma total para un cuatrimestre de $ 15:500.000,00 (pesos
quince millones quinientos mil) Impuestos incluidos, el Suministro de
Medicamentos para el Hospital Maciel; en el marco del primer
llamado de la Licitación Pública N° 1100/2001, Periódica, Plaza. de 21
de noviembre de 2000.
2°)
La erogación a que da lugar el presente compromiso se atenderá
con cargo a los Documentos de Afectación Nros: 000003. Financiamiento: II
(Rentas Generales), Objeto del Gasto No.: 152 (productos Medicinales y
Farmacéuticos), Programa 006, Unidad Ejecutora 005, los que cuentan con
disponibilidad de crédito suficiente y su pago se hará efectivo mediante
el S.I.I.F, mes de compra y treinta (30) días.
3°) Las
empresas mantienen sus ofertas por el período que abarca el contrato y
entregan los medicamentos en forma inmediata, según las necesidades del
Servicio, con una tolerancia de tres (3) días hábiles según los casos.
4°) Remítase copia de la presente resolución al
Tribunal de Cuentas de la República (artículo 8° de la Ordenanza de
dicho Cuerpo de 22 de mayo de 1958).
5°) Comuníquese.
6°)
Vuelva a la Gerencia Recursos Materiales de A.S.S.E. para la prosecución
del trámite.
__________
VISTO: estos antecedentes relacionados con el primer llamado de la
Licitación Pública N° 12/2000 "SUMINISTRO DE :MEDICAMENTOS PARA EL
CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALUD PUBLICA DE SALTO (HOSPITAL REGIONAL LITORAL
NORTE)", Periódica, Plaza, de 31 de octubre de 2000, formulado por
la Oficina de Compras del mencionado Centro para satisfacer las
necesidades del mismo entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2001;
RESULTANDO: que se presentaron -en el acto de apertura- cincuenta
y una (51) firmas del ramo;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante
con fecha 4 de diciembre de 2000 aconseja las adjudicaciones respectivas
dejando constancia de las modificaciones introducidas al acta emitida por
el programa computarizado ya que el mismo resuelve por precio las
adjudicaciones sin tener en cuenta las observaciones formuladas a las
firmas, estableciéndose además que los Items 169 y 338 no se ajustan a
lo solicitado y que los renglones: 59, 60, 185, 195, 203, 221, 222, 223,
246, 248, 297, 298,. 333, 365, 370 y 373 no se tomaron en cuenta por
.tratarse de drogas que no figuran en el Vademecum General de
Medicamentos; los renglones: 4,29,30,31,32,74,79,88,91, 135 al
155,165,184,224,338,343,352,354,365 y 375 no se adjudicaron por precios
inconvenientes; los renglones: 73,104,106,111,123,229,247,366,380,387 se
declaran desiertos por no haberse recibido ofertas y los renglones:
55,75,83 y 132 no se ajustan al Pliego en cuanto a lo que se solicitó; -
II)
que el 26 de diciembre de 2000 se solicitó mejoramiento de ofertas a
Biofarrna (Terpín S.A.) y Roernmer S.A. del Item N° 206, habiendo
mejorado el precio únicamente el primer Laboratorio nombrado;
III)
que posteriormente, al reducirse el cupo de esta Unidad Ejecutora en un
15% con respecto al año anterior, se ajustaron las cantidades de acuerdo
con el crédito asignado;
IV)
que dado el tiempo que tardó el estudio de los Items y la necesidad de
contar con insumos en tiempo y forma, la compra del mes de enero debió
realizarse por Compra Directa;
V) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones del
Establecimiento aconseja aceptar las propuestas de cuarenta y ocho (48) de
los oferentes, por resultar más conveniente para-los intereses de la
Administración,
VI) que el Director del Servicio está -en un todo- de
acuerdo con el dictamen de la citada Comisión;
VII) que se, remitieron estos obrados a la
intervención previa del Tribunal de Cuentas de la República;
VIII) que dicho Órgano de Control observa el gasto
indicando que: las firmas Celsius S.A. y Sumilco S.A. no establecen
vencimiento ni Número de Registro de los productos ofertados; Caillon
& Hamonet S.A.C.I. establece un plazo de mantenimiento de oferta de
cuarenta y cinco (45) días; Noas Farma Uruguay S.A., Alcón Laboratorios
Uruguay S.A., Fármaco Uruguayo S.A, Andrómaco S.A., Sanderson (Sextans
S.A.), GlaxoWellcome S.A., Schering Uruguaya S.A., Pfizer Corporation
S.A., Laboratorio Libra, Aventis Pharma S.A., (Hoechst S.A. y
Rhone-Puolenc Rorer Uruguay S.A.) y Athena S.A. establecen el pago a
crédito a los noventa (90) días, las fechas de vencimiento indicadas por
los adjudicatarios de los Items Números.: 133,272,46,51 7 y
362,65,227,12,62,64,94,170, 191,235,294,311 y 312 son inferiores al año;
y, que las actuaciones cuentan con principio de ejecución en
contravención de lo establecido en el Literal E) del artículo 211 de la
Constitución de la República;
IX) que la Dirección del Centro adjunta la
documentación aportada por las firmas de la que surgen los datos omitidos
oportunamente que determinaron las observaciones del Tribunal
X) que el suministro de medicamentos es imprescindible
para la correcta atención médica de los pacientes que se asisten en el
Hospital.
XI) que la Administración tiene la potestad de
insistir en el gasto observado.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 97 del Texto Ordenado
de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Adjudícase, de acuerdo al dictamen de la Comisión Asesora
de Adjudicaciones actuante y según detalle que figura en el Anexo que se
considera parte integrante de la presente, a cuarenta y ocho (48) firmas
del ramo, en la suma total de $ 3:949.638,00 {pesos tres millones
novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos treinta y ocho) Impuestos
Incluidos por el trimestre febrero-abril de 2001, el suministro de
medicamentos para el Centro Departamental de Salud Pública de Salto (Hospital Regional Litoral Norte); en el marco del
primer llamado de la Licitación Pública N° 12/2000, Periódica, Plaza,
de 31 de octubre de 2000.
2º.- El monto anual ascenderá a $ 14:482.006,00 (pesos catorce
millones cuatrocientos ochenta y dos mil seis) Impuestos Incluidos, en
caso de prorrogarse el contrato hasta el 31 de diciembre de 2001.
3º.- La erogación total que genera el presente
compromiso se atenderá con cargo a los Documentos de Afectación Nros:
000035, Financiamiento: II (Rentas Generales), Objeto del Gasto Nros: 152
(productos Medicinales y Farmacéuticos ), Programa 007, Unidad Ejecutora
028, el que cuenta con disponibilidad de crédito suficiente y su pago se
hará efectivo, mediante el S.I.I.F., a los treinta (30) días del mes de
compra.
4º.- Las empresas mantienen sus ofertas por el período que
abarca el contrato y entregan los medicamentos en forma inmediata, una vez
extendidas las Ordenes de Compra, con una tolerancia de tres (3) días
hábiles, según los casos.
5º.- Autorízase a prorrogar el contrato por dos (2)
cuatrimestres hasta el 31 de diciembre de 2001.
6º.- Los
precios se actualizarán por el I.P.C. dos (2) veces al año: el 1º de
mayo y el 1º de setiembre de 2001.
7º.-
Insístese -conforme a la potestad otorgada a la Administración- en el
gasto observado destacando que el suministro de medicamentos es
imprescindible para la correcta atención médica de los pacientes que se
asisten en el Hospital.
8º.-
Remítase copia de la presente resolución al Tribunal de Cuentas de la
República (artículo 8° de la Ordenanza de dicho Cuerpo de 22 de mayo de
1958)
9º.-
Comuníquese.
10º.-
Vuelva a la Gerencia Recursos Materiales de AS.S.E. para la prosecución
del trámite correspondiente.