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       31/10/2001
       
      
       
      APRUEBAN PROYECTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO
      PARA LA SALUD
      El Poder Ejecutivo
      aprobó un proyecto de contrato de préstamo de U$S 75:000.000 destinado a
      financiar parcialmente el Programa de Reformas del sector Salud. El texto
      es el que sigue.
      
       
      VISTO:
      el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República
      Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.),
      destinado a financiar parcialmente el Programa de Reformas del Sector
      Salud. 
      RESULTANDO:
      que el Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
      (B.I.D.) aprobó el correspondiente Préstamo Nº 1348/OC-UR con fecha 19
      de setiembre de 2001, por un monto de U$S 75:000.000,oo (setenta y cinco
      millones de dólares de los Estados Unidos de América) , que será
      amortizado en un plazo de veinte años, con cinco años de gracia y con un
      interés variable semestral. 
      CONSIDERANDO:
      que corresponde aprobar el respectivo Contrato de Préstamo, que será
      suscrito en representación del país por el Sr. Ministro de Salud
      Pública, Dr. Luis Fraschini. 
      ATENTO:
      a lo dispuesto por el artículo 145º de la Ley Nº 15.851, de 24 de
      diciembre de 1986 y por el Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de
      1993. 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      :
      
       
      1°)
      Apruébase el proyecto, de Contrato de Préstamo Nº 1348/0C-UR por un
      monto de U$S 75:000.000,oo (setenta y cinco millones de dólares
      de los Estados Unidos de América) , a celebrarse entre la República
      Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) ,
      cuyo texto forma parte de la presente Resolución.
      
       
      2°) El referido
      contrato será ,otorgado y suscrito en nombre y representación del país
      por el Sr. Ministro de Salud Pública, Dr. Luis Fraschini. 
      3°) Desígnase al Dr. Fernando Scelza como
      Asesor Legal para que expida, por la República, los dictámenes
      jurídicos correspondientes a dicho contrato. 
      
       
      4°) Dese cuenta a la Asamblea General.
      
       
      5°)
      Comuníquese, etc..
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