VISTO: la necesidad de continuar promoviendo
inversiones turísticas de categoría internacional en el departamento de
Maldonado. -
RESULTANDO: I) que la construcción de un nuevo
hotel cinco estrellas de nivel internacional, es de fundamental
importancia para el desarrollo turístico de la zona, dada que esta
modalidad de Complejos Turísticos mantiene su actividad durante todo el
año, promocionando el lugar, lo que redunda en beneficio de todo el
sector turístico.
II) que de conformidad con la cláusula vigésimo
primera del contrato celebrado entre el Estado Uruguayo y BALUMA S.A., con
fecha 7 de diciembre de 1992, aquél no otorgará nuevas concesiones de
Casinos privados, dentro de un territorio establecido y que alcanza la
zona comprendida entre el Arroyo Maldonado y el Arroyo El Potrero, salvo
que el concesionario realice una inversión igual o superior a la
realizada por BALUMA. S.A., de U$S 207:000.000,oo (doscientos siete
millones de dólares de los Estados Unidos de América) y abone un canon
igual o superior a los 471 U$S 107:500.000,oo (ciento siete
millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América) que
ésta se comprometió a pagar al Estado uruguayo durante todo el período
de la concesión.-
CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente formular
un llamado a presentación de expresiones de interés para obtener la
explotación de juegos de azar en un Casino que se deberá instalar en un
Complejo Turístico a construir en el Balneario Punta del Este,
departamento de Maldonado, en la zona comprendida dentro de los siguientes
límites:
a) al sur: el Océano Atlántico y el Río de la Plata.
-
b) al este: el arroyo Maldonado.-
c) al norte: la Ruta 9.-
d) al oeste: el Arroyo El Potrero.-
II) que en caso de presentarse interesados, se llamará
a Licitación Pública Internacional de conformidad con lo establecido por
el artículo 20º del Decreto Ley N0 14.335, de 23 de diciembre
de 1974 y Decreto N0 588/975, de 24 de julio de 1975 y sus
modificativos.
ATENTO: a lo expuesto. -
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º) Apruébase el "Pliego de
Condiciones" para el llamado a presentación de expresiones de
interés, que se adjunta y que forma parte de esta Resolución, para
obtener la explotación de juegos de azar en un Casino que se deberá
instalar en un Complejo Turístico a construirse en el Balneario Punta del
Este, departamento de Maldonado, en la zona determinada en el Considerando
I), con una inversión igual o superior a los U$S 207:000.000,oo
(doscientos siete millones de dólares de los Estados Unidos de América)
y abonando un canon igual o superior a los U$S 107:500.000,00 (ciento
siete millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América),
en la forma en que se detalla en el mismo.-
2º) Para el caso en que se presenten ofertas de
expresión de interés, debidamente fundadas, cométese a los Ministerios
de Economía y Finanzas y de Turismo la confección del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares necesario para llamar a Licitación Pública
Internacional con el objeto antes referido. -
3º) Publíquese, por lo menos con 15 días de
anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, en el
Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional, y confiérase la
debida difusión a través de las representaciones extranjeras con sede en
el Uruguay.-
4º) Comuníquese, publíquese, etc.