AUTORIZAN GASTO PARA PUBLICIDAD TURÍSTICA EN ARGENTINA
Fue autorizada una inversión de U$S 900.000 para los
gastos derivados de un contrato para publicidad del turismo uruguayo en la
Argentina. El texto de la resolución es el que sigue.
VISTO: La promoción de la oferta turística del
país en el mercado de la República Argentina para la temporada de verano
2001 -2002, que realizará el Ministerio de Turismo.
RESULTANDO: Que la misma se llevará a cabo
mediante una campaña publicitaria que se vehicularizará en diferentes
medios.
CONSIDERANDO: I) Que a esos efectos se contratará
con Arte Gráfico Editorial Argentino S.A., integrante del Grupo Clarín,
empresa multimedios, cuya influencia informativa, de difusión y
publicitaria es reconocida como la más importante de la República
Argentina.
II) Que el precio de la contratación asciende a la
cantidad de U$S 900.000 (dólares americanos novecientos mil), obteniendo
el Ministerio de Turismo la suma de U$S 2.000.000 (dólares americanos dos
millones) en espacios publicitarios, en medios gráficos, televisión y
radio.
III) Que la contratación se realizará al amparo de lo
dispuesto por el Literal G del artículo 33 del TOCAF 96, previa
intervención por el Tribunal de Cuentas de la República.
ATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto por el
Decreto Ley Nº 14.335 de 23/12/974 y Literal G del artículo 33 del TOCAF
96.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1) Autorízase el gasto de la cantidad de U$S
900.000 (dólares americanos novecientos mil) a efectos de solventar los
gastos derivados de la contratación con Arte Gráfico Editorial Argentino
S.A., para vehiculizar la publicidad del turismo uruguayo en la República
Argentina.
2) Autorízase al Sr. Ministro de Turismo, Dr.
Alfonso Varela a suscribir el contrato respectivo.
3) La erogación será atendida con cargo a los
Recursos con Afectación Especial, habiéndose realizado la afectación
previa correspondiente número 976.
4) La presente Resolución quedará ad-referendum
de la Intervención por el Tribunal de Cuentas de la República.
5) Pase a la División Financiero Contable para su
remisión al Tribunal de Cuentas de la República. Cumplido, pase a la
División Financiero Contable para la imputación definitiva del gasto.
Hecho, pase a la División Administración a sus efectos.