13/09/2001

ASENTAMIENTO DEL BARRIO "LA ESPERANZA"

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, firmó una resolución vinculada con el Asentamiento del barrio "La Esperanza" concebida en los siguientes términos:

VISTO: el contrato de Préstamo 1186/OC-UR suscrito entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para sufragar parcialmente el Costo del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI);

RESULTANDO: I) que el PIAI, con fecha 25 de julio de 2001, envío los recaudos del Proyecto Ejecutivo del Asentamiento "La Esperanza" para que se proceda a iniciar el proceso licitatorio;

II) que en atención al Convenio suscrito el día 2 de junio de 1999, entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para el financiamiento del realojo de familias, la Dirección Nacional de Vivienda ajustó los plazos de las obras que tiene como destino el realojo de 61 familias del Asentamiento "La Esperanza", cuya finalización estaría prevista para los inicios del mes de febrero del año próximo;

CONSIDERANDO: I) los plazos administrativos necesarios para poder dar inicio a las obras de regularización, una vez que estén ubicadas en su nuevo hogar las 61 familias a ser realojadas;

II) la Resolución Ministerial Nº 410/2001 de 10 de agosto de 2001;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los artículos 33 y siguientes del TOCAF, normas complementarias y concordantes;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Autorízase, el llamado a Licitación pública Nº 21/002/01 con el objeto de la ejecución de Obras de Infraestructura (vialidad, red de saneamiento, tendido de redes eléctrica y de alumbrado, etc.) e Infraestructura Barrial (espacios verdes, canchas, guardería, salón de usos múltiples) que se describen en los recaudos que componen el Proyecto de Mejoramiento de Barrios Nº 13/01/M Asentamiento del barrio 'La Esperanza" del departamento de Montevideo, que se financia con cargo a los recursos del PIAI.

2º.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables al procedimiento administrativo de contratación indicado en el numeral anterior.

3º.- Exclúyase la aplicación de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 11/2001 de fecha 16 de enero de 2001, que establece la exigencia de cumplir con el plan de implementación del sistema de calidad UNIT ISO 9000, certificación de calidad, a la Licitación pública que se autoriza a convocar.

4º.- Efectúense las publicaciones correspondientes en la prensa nacional y en el Diario Oficial, comuníquese al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República y siga al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a sus efectos.