ASENTAMIENTO DEL BARRIO "LA ESPERANZA"
El Presidente de la República en acuerdo con el
Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, firmó
una resolución vinculada con el Asentamiento del barrio "La
Esperanza" concebida en los siguientes términos:
VISTO: el contrato de Préstamo 1186/OC-UR suscrito
entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) para sufragar parcialmente el Costo del Programa de
Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI);
RESULTANDO: I) que el PIAI, con fecha 25 de julio
de 2001, envío los recaudos del Proyecto Ejecutivo del Asentamiento
"La Esperanza" para que se proceda a iniciar el proceso
licitatorio;
II) que en atención al Convenio suscrito el día 2 de
junio de 1999, entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para el
financiamiento del realojo de familias, la Dirección Nacional de Vivienda
ajustó los plazos de las obras que tiene como destino el realojo de 61
familias del Asentamiento "La Esperanza", cuya finalización
estaría prevista para los inicios del mes de febrero del año próximo;
CONSIDERANDO: I) los plazos administrativos
necesarios para poder dar inicio a las obras de regularización, una vez
que estén ubicadas en su nuevo hogar las 61 familias a ser realojadas;
II) la Resolución Ministerial Nº 410/2001 de 10 de
agosto de 2001;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo
dispuesto en los artículos 33 y siguientes del TOCAF, normas
complementarias y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Autorízase, el llamado a Licitación pública
Nº 21/002/01 con el objeto de la ejecución de Obras de Infraestructura
(vialidad, red de saneamiento, tendido de redes eléctrica y de alumbrado,
etc.) e Infraestructura Barrial (espacios verdes, canchas, guardería,
salón de usos múltiples) que se describen en los recaudos que componen
el Proyecto de Mejoramiento de Barrios Nº 13/01/M Asentamiento del barrio
'La Esperanza" del departamento de Montevideo, que se financia con
cargo a los recursos del PIAI.
2º.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones
aplicables al procedimiento administrativo de contratación indicado en el
numeral anterior.
3º.- Exclúyase la aplicación de lo dispuesto por la
Resolución Ministerial Nº 11/2001 de fecha 16 de enero de 2001, que
establece la exigencia de cumplir con el plan de implementación del
sistema de calidad UNIT ISO 9000, certificación de calidad, a la
Licitación pública que se autoriza a convocar.
4º.- Efectúense las publicaciones correspondientes en
la prensa nacional y en el Diario Oficial, comuníquese al Programa de
Integración de Asentamientos Irregulares de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de la Presidencia de la República y siga al Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a sus efectos.