13/09/2001

MONUMENTO HISTÓRICO

Se declaró Monumento Histórico el Cuartel de Sarandí del Yí. La resolución que se transcribe a continuación fue aprobada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Educación y Cultura.

VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que sea declarado Monumento Histórico Nacional el Cuartel de Sarandí del Yi, propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, padrón N° 2.035 de la localidad Catastral del Departamento de Durazno, sito sobre el Km. 210 de la Ruta N° 6, a 5 Km. de la ciudad de Durazno, en el paraje conocido como "Paso del Rey".

RESULTANDO: I) Que en el año 1905 el Poder Ejecutivo autorizó al Tte. Cnel. e Ingeniero Geógrafo José Chiappara a construir cuarteles en las ciudades de Trinidad, Durazno y Sarandí del Yi, siendo este último el único aún existente.

II) Que el Cuartel de Sarandí del Yi, construido en un punto estratégico del área central de nuestro país, cobró especial significación en función del Decreto del Poder Ejecutivo del 8 de setiembre de 1942, por el que se resolvió el traslado de noventa y seis tripulantes del acorazado de bolsillo "ADMlRAL GRAF SPEE" y del buque auxiliar "TACOMA" al viejo Cuartel de Caballería, donde permanecieron internados hasta el fin de la II Guerra Mundial, en condiciones que se impone valorar.

III) Que constituye un valioso ejemplo de la arquitectura militar de principios del siglo XX, remarcable por su atípica tipología, la solidez de su imagen y su condición de referente identificatorio de su entorno.

CONSIDERANDO: I) La conveniencia de rehabilitar y poner en valor el edificio en un nuevo contexto, donde puedan integrarse las funciones propias de su condición de sede militar con actividades de servicio a la comunidad y rescate de su acervo histórico.

II) La existencia de un interés convergente en diversas instituciones (Ejército Nacional, Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Turismo, Intendencia Municipal de Durazno, organizaciones sociales y empresariales del Departamento de Durazno) con vistas a elaborar un plan concreto de gestión.

III) Que es de particular interés la posibilidad de concretar la instalación de un Museo Temático sobre la Batalla del Río de la Plata y la situación de los marinos internados en el Cuartel entre 1942 y el fin de la II Guerra Mundial.

IV) Que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes culturales que representan un importante valor patrimonial accederá a lo solicitado declarando Monumento Histórico el Cuartel de Sarandí del Yi, padrón N° 2.035 de la localidad Catastral del Departamento de Durazno, sito sobre el Km. 210 de la Ruta N° 6, a 5 Km. de la ciudad de Durazno, en el paraje conocido como "Paso del Rey".

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la ley 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto 536/72 de fecha 01 de agosto de 1972.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1 -DECLÁRASE Monumento Histórico el Cuartel de Sarandí del Yi, padrón N° 2.035 de la localidad Catastral del Departamento de Durazno, sito sobre el Km. 210 de la Ruta N° 6, a 5 Km. de la ciudad de Durazno, en el paraje conocido como "Paso del Rey".

2- EL INMUEBLE quedará afectado por las servidumbres dispuestas en el artículo 8 de la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971.

3 -COMUNÍQUESE al Registro de la Propiedad Inmueble del Departamento de Durazno, a la Intendencia Municipal de Durazno, a la Junta Departamental de Durazno, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección Nacional de Catastro y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.

4- CUMPLIDO, pase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro y archivo.