18/09/2001

LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS

El Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Salud Pública; Economía y Finanzas; Industria, Energía y Minería y de Ganadería, Agricultura y Pesca dictó el siguiente decreto:

VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto N° 315/994 de 5 de julio de 1994;

RESULTANDO: que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva propuesta de incorporación del aditivo ricinoleato de poliglicerol (N° Codex 476) al mencionado Reglamento;

CONSIDERANDO: que la misma fue aprobada por unanimidad por todos los miembros de la mencionada Comisión Asesora;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- .Incorpórase a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARlOS del Capítulo 17- Alimentos Grasos y a la LISTA POSITIVA DE ADITIVOS ALIMENTARlOS -Anexo 11, del Capítulo 3 -Aditivos Alimentarios del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto 315/994), el aditivo ricinoleato de poliglicerol (N° Codex 476) con la función de estabilizante en los siguientes ítems:

Nº CODEX

Nombre del aditivo

Producto al que se agrega

Limite máx mg/kg

476

Ricinoleato de poliglicerol

Crema vegetal

4000

476

Ricinoleato de poliglicerol

Minarina o margarina aligerada

4000

Artículo 2° .-Comuníquese, publíquese, etc.