26/09/2001
PUESTOS
DE PEAJE
El
Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y
Finanzas y de Transporte y Obras Públicas aprobó el siguiente decreto
referido a los Contratos de Operación de los Puestos de Peaje para el
Ejercicio 2001
VISTO:
la gestión iniciada por el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, solicitando efectuar las
correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en el
planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.
RESULTANDO:
I) que se constató que en la
elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional se omitió la
presupuestación de las partidas necesarias para financiar las erogaciones
emergentes de los Contratos de Operación de los Puestos de Peaje para el
Ejercicio 2001, y los correspondientes ingresos, provenientes de la
recaudación de los peajes en las rutas nacionales.
II)
que el importe resultante de la misma tiene como destino solventar los
gastos de mantenimiento de dichas rutas.
III)
que los ingresos netos provenientes de la mencionada recaudación fueron
presupuestados en su oportunidad, en la financiación 1.4 “FIMTOP”.
CONSIDERANDO:
que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y
omisiones.
ATENTO:
a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5° de
la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO
1°.- Modíficase, en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de
21 de febrero de 2001, los créditos asignados al Inciso 10 “Ministerio
de Transporte y Obras Públicas”, Programa 001 “Administración
General”, Financiación 1.4 “FIMTOP”, para el año 2001, según 01
siguiente detalle:
CREDITOS
OBJETO IMPORTE EN
U$S IMPORTE EN $
749
1:002.376,00
11:647.609,00
RECURSOS
Código
133112001
1:002.376,00
11:647.609,00
ARTÍCULO
2°.- Dese cuenta a la Asamblea General.
ARTÍCULO
3°.- Comuníquese, publíquese, etc.-
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