09/04/2002
PAGO DE
BENEFICIOS EN MINISTERIO DEL INTERIOR
VISTO:
la solicitud presentada por la Jefatura de Policía de Maldonado a fin de
que se abone al ex Agente de 1ra. Milton RAMOS ACOSTA, el beneficio
establecido por el artículo 254 de la Ley Nº 13.032 de 7 de diciembre de
1961.
RESULTANDO:
I) que por resolución de fecha 23 de agosto de 2001 se dispuso la
baja del titular por ineptitud física previo sumario administrativo,
declarándose en el mismo acto su derecho a percibir el beneficio aludido.
II)
que el Servicio de Tutela Social Policial informa a fojas 10 que la suma a
abonar por dicho concepto asciende a $ 16.397,61 (pesos uruguayos
dieciséis mil trescientos noventa y siete con sesenta y uno)
ATENTO:
a lo dictaminado por la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de
Asistencia Social Policial y
a lo informado por el Servicio de Tutela Social Policial;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a
planillar a favor del ex Agente de 1ra. Milton RAMOS ACOSTA y a abonarle
la suma de $ 16.397,61 (pesos uruguayos dieciséis mil trescientos noventa
y siete con sesenta y uno) por concepto de subsidio por incapacidad
física ocurrida en acto directo de servicio.
2º)
Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04
"Ministerio del Interior", Programa 008, Unidad Ejecutora 025,
Objeto del Gasto 076.-
3º)
PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central del Ministerio del
Interior y siga a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a
sus efectos. Cumplido, archívese
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VISTO:
estos antecedentes relativos a la gestión promovida por la Jefatura de
Policía de Canelones a fin de que se abone al ex Agente de 2da. Oscar
CABRERA FERNÁNDEZ el beneficio establecido por el artículo 254 de la Ley
Nº 13.032 de 7 de diciembre de 1961.
RESULTANDO:
I) que por resolución
Ministerial de fecha 15 de junio de 1998 se dispuso la baja del titular
por ineptitud física previo sumario administrativo, y por ampliatoria de
fecha 14 de agosto de 2001 se declaró su derecho a percibir el beneficio
aludido.
II)
que el servicio de Tutela Social Policial informa a fojas 150 que la
suma a abonar por dicho concepto asciende a $ 12.970,02 (pesos uruguayos
doce mil novecientos setenta con cero dos).
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a
planillar a favor del ex Agente de 2da. Oscar CABRERA FERNÁNDEZ
perteneciente a la Jefatura de Policía de Canelones y a abonarle la suma
de $ 12.970,02 (pesos uruguayos doce mil novecientos setenta con cero dos)
por concepto de compensación de tres meses de sueldo.
2º)
Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04, Programa 008,
Unidad Ejecutora 025, Objeto del Gasto 076.
3º)
PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central y siga a la Dirección
Nacional de Asistencia Social Policial. Cumplido, archívese.
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VISTO:
la solicitud presentada por la Jefatura de Policía de Maldonado a fin de
que se abone a la ex Agente de 2da. (PF) Yenit BAZ MENDEZ, el beneficio
establecido en el artículo 254 de la Ley Nº 13.032 de 7 de diciembre de
1961.
RESULTANDO:
I) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de agosto de
2001 se dispuso la baja del titular por ineptitud física previo
sumario administrativo, declarándose en el mismo acto su derecho a percibir
el beneficio aludido.
II)
que el Servicio de tutela Social Policial informa a fojas 7, que la suma a
abonar por dicho concepto asciende a $ 14.257,56 (pesos uruguayos catorce
mil doscientos cincuenta y siete con cincuenta y seis).
ATENTO:
a lo dictaminado por la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de
Asistencia Social Policial y a lo informado por el Servicio de Tutela
Social Policial;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a
planillar a favor de la ex Agente de 2da. (PF) Yenit BAZ MENDEZ y a
abonarle la suma de $ 14.257,56 (pesos uruguayos catorce mil doscientos
cincuenta y siete con cincuenta y seis) por concepto de subsidio por
incapacidad física ocurrida en acto directo de servicio.
2º)
Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04 "Ministerio
del Interior", Programa 008, Unidad Ejecutora 025, Objeto del Gasto
076.
3º)
PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central del Ministerio del Interior
y siga a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a sus
efectos. Cumplido, archívese.
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