09/04/2002   

PAGO DE BENEFICIOS EN MINISTERIO DEL INTERIOR

VISTO: la solicitud presentada por la Jefatura de Policía de Maldonado a fin de que se abone al ex Agente de 1ra. Milton RAMOS ACOSTA, el beneficio establecido por el artículo 254 de la Ley Nº 13.032 de 7 de diciembre de 1961.

RESULTANDO: I) que por resolución de fecha 23 de agosto de 2001 se dispuso la baja del titular por ineptitud física previo sumario administrativo, declarándose en el mismo acto su derecho a percibir el beneficio aludido.

II) que el Servicio de Tutela Social Policial informa a fojas 10 que la suma a abonar por dicho concepto asciende a $ 16.397,61 (pesos uruguayos dieciséis mil trescientos noventa y siete con sesenta y uno)

ATENTO: a lo dictaminado por la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial  y a lo informado por el Servicio de Tutela Social Policial;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a planillar a favor del ex Agente de 1ra. Milton RAMOS ACOSTA y a abonarle la suma de $ 16.397,61 (pesos uruguayos dieciséis mil trescientos noventa y siete con sesenta y uno) por concepto de subsidio por incapacidad física ocurrida en acto directo de servicio. 

2º) Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04 "Ministerio del Interior", Programa 008, Unidad Ejecutora 025, Objeto del Gasto 076.-

3º) PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central del Ministerio del Interior y siga a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a sus efectos. Cumplido, archívese

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VISTO: estos antecedentes relativos a la gestión promovida por la Jefatura de Policía de Canelones a fin de que se abone al ex Agente de 2da. Oscar CABRERA FERNÁNDEZ el beneficio establecido por el artículo 254 de la Ley Nº 13.032 de 7 de diciembre de 1961.

RESULTANDO: I) que por resolución Ministerial de fecha 15 de junio de 1998 se dispuso la baja del titular por ineptitud física previo sumario administrativo, y por ampliatoria de fecha 14 de agosto de 2001 se declaró su derecho a percibir el beneficio aludido.

II) que el servicio de Tutela Social Policial informa a fojas 150 que la suma a abonar por dicho concepto asciende a $ 12.970,02 (pesos uruguayos doce mil novecientos setenta con cero dos).

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a planillar a favor del ex Agente de 2da. Oscar CABRERA FERNÁNDEZ perteneciente a la Jefatura de Policía de Canelones y a abonarle la suma de $ 12.970,02 (pesos uruguayos doce mil novecientos setenta con cero dos) por concepto de compensación de tres meses de sueldo.

2º) Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04, Programa 008, Unidad Ejecutora 025, Objeto del Gasto 076.

3º) PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central y siga a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial. Cumplido, archívese.

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VISTO: la solicitud presentada por la Jefatura de Policía de Maldonado a fin de que se abone a la ex Agente de 2da. (PF) Yenit BAZ MENDEZ, el beneficio establecido en el artículo 254 de la Ley Nº 13.032 de 7 de diciembre de 1961.

RESULTANDO: I) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de agosto de 2001 se dispuso la baja del titular por ineptitud física previo sumario administrativo, declarándose en el mismo acto su derecho a percibir el beneficio aludido.

II) que el Servicio de tutela Social Policial informa a fojas 7, que la suma a abonar por dicho concepto asciende a $ 14.257,56 (pesos uruguayos catorce mil doscientos cincuenta y siete con cincuenta y seis).

ATENTO: a lo dictaminado por la Asesoría Contable de la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial y a lo informado por el Servicio de Tutela Social Policial;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) AUTORÍZASE a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a planillar a favor de la ex Agente de 2da. (PF) Yenit BAZ MENDEZ y a abonarle la suma de $ 14.257,56 (pesos uruguayos catorce mil doscientos cincuenta y siete con cincuenta y seis) por concepto de subsidio por incapacidad física ocurrida en acto directo de servicio.

2º) Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 04 "Ministerio del Interior", Programa 008, Unidad Ejecutora 025, Objeto del Gasto 076.

3º) PUBLÍQUESE, tome nota la Contaduría Central del Ministerio del Interior y siga a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial a sus efectos. Cumplido, archívese.