10/04/02
PRÓRROGA
DE EXONERACIÓN PARA IGLESIA
VISTO:
la gestión de la
Arquidiócesis de Montevideo de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana
en el Uruguay, solicitando modificación de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 26 de enero de 2000.-
RESULTANDO:
I) que por el
mencionado acto administrativo se declaró a la gestionante, exonerada del
pago de recargos y demás gravámenes, al amparo del articulo 134° de la
Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en ocasión de la importación
de un vehículo marca Mitsubishi, modelo L200 DC 4x2, diesel.-
II)
que en esta oportunidad la gestionante solicita la modificación de la
referida Resolución, en lo que respecta al cambio de marca y modelo del
vehículo.-
CONSIDERANDO:
que manteniéndose las causales que justificaron la declaración. de
exoneración tributaria de referencia, nada obsta a que se resuelva de
conformidad.-
ATENTO:
a lo informado por la
División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de
enero de 2000, por la que se declaró a la Arquidiócesis de Montevideo de
la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en el Uruguay exonerada del
pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la
Importación y del Impuesto al Valor Agregado, así como de todo
otro tributo aplicable en ocasión de la importación de un vehículo, en
el sentido de que donde dice: ". ..un vehículo marca Mitsubishi,
modelo L200 DC 4x2, diesel", debe decir: " ...una camioneta
marca Toyota, modelo Hilux doble cabina 2WD, motor diesel de 2.982 c. c
." .-
2°)
Comuníquese y archívese.-
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