10/04/02

PRÓRROGA  DE EXONERACIÓN PARA IGLESIA

VISTO: la gestión de la Arquidiócesis de Montevideo de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en el Uruguay, solicitando modificación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de enero de 2000.-

RESULTANDO: I) que por el mencionado acto administrativo se declaró a la gestionante, exonerada del pago de recargos y demás gravámenes, al amparo del articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en ocasión de la importación de un vehículo marca Mitsubishi, modelo L200 DC 4x2, diesel.-

II) que en esta oportunidad la gestionante solicita la modificación de la referida Resolución, en lo que respecta al cambio de marca y modelo del vehículo.-

CONSIDERANDO: que manteniéndose las causales que justificaron la declaración. de exoneración tributaria de referencia, nada obsta a que se resuelva de conformidad.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de enero de 2000, por la que se declaró a la Arquidiócesis de Montevideo de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en el Uruguay exonerada del pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación y del Impuesto al Valor Agregado, así como de todo otro tributo aplicable en ocasión de la importación de un vehículo, en el sentido de que donde dice: ". ..un vehículo marca Mitsubishi, modelo L200 DC 4x2, diesel", debe decir: " ...una camioneta marca Toyota, modelo Hilux doble cabina 2WD, motor diesel de 2.982 c. c ." .-

2°) Comuníquese y archívese.-