11/04/02

OBSERVACIÓN A PROYECTO DE LEY

Señor Presidente de la Asamblea General

Presente

De mi mayor consideración:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo en uso de las potestades que le confiere el artículo 137 de la Constitución de la República, a los efectos de observar el Proyecto de Ley por el que se modifica la integración de la Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado creada por el artículo 10 de la Ley Nº 16.095 de 26 de octubre de 1989.

El 9 de noviembre de 2000 el Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea General un proyecto de ley por el que se integra a la Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado creada por el artículo 10 de la Ley 16.095 de 26 de octubre de 1989 un delegado del Ministerio de Deporte y Juventud.

El proyecto fue aprobado por el Poder Legislativo en sesión del día 2 de abril sin introducirle modificación alguna.

El artículo 546 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 incorporó a la referida Comisión un delegado del Instituto Nacional del Menor el que no ha sido incluido en el artículo que fue aprobado por el Poder Legislativo. De lo expuesto surge que de promulgarse el texto referido dejaría nuevamente de integrar la precitada Comisión.

En virtud de lo expuesto el Poder Ejecutivo observa por razones de conveniencia el texto aprobado, entendiendo que la precitada Comisión debe continuar integrada con un delegado del Instituto Nacional del Menor.

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 10 de la Ley Nº 16.095, de 26 de octubre de 1989, en la redacción dada por el artículo único de la Ley Nº 16.169, de 24 de diciembre de 1990, por el siguiente:

“Por el Ministro de Salud Pública, que será su presidente, o un delegado de él que tendrá igual función.

Un delegado del Ministerio de Educación y Cultura.

Un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Un delegado del Ministerio de Deporte y Juventud.

Un delegado de la Facultad de Medicina.

Un delegado de la Facultad de Odontología.

Un delegado del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.

Un delegado del Congreso de Intendentes.

Un delegado de cada una de las organizaciones más representativas de discapacitados”.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de abril de 2002.