11/04/02
OBSERVACIÓN
A PROYECTO DE LEY
Señor
Presidente de la Asamblea General
Presente
De
mi mayor consideración:
El
Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo en uso de las
potestades que le confiere el artículo 137 de la Constitución de la
República, a los efectos de observar el Proyecto de Ley por el que se
modifica la integración de la Comisión Nacional Honoraria del
Discapacitado creada por el artículo 10 de la Ley Nº 16.095 de 26 de
octubre de 1989.
El
9 de noviembre de 2000 el Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea General
un proyecto de ley por el que se integra a la Comisión Nacional Honoraria
del Discapacitado creada por el artículo 10 de la Ley 16.095 de 26 de
octubre de 1989 un delegado del Ministerio de Deporte y Juventud.
El proyecto fue aprobado por el Poder Legislativo en
sesión del día 2 de abril sin introducirle modificación alguna.
El
artículo 546 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 incorporó a la
referida Comisión un delegado del Instituto Nacional del Menor el que no
ha sido incluido en el artículo que fue aprobado por el Poder
Legislativo. De lo expuesto surge que de promulgarse el texto referido
dejaría nuevamente de integrar la precitada Comisión.
En
virtud de lo expuesto el Poder Ejecutivo observa por razones de
conveniencia el texto aprobado, entendiendo que la precitada Comisión
debe continuar integrada con un delegado del Instituto Nacional del Menor.
ARTÍCULO ÚNICO.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 10 de la
Ley Nº 16.095, de 26 de octubre de 1989, en la redacción dada por el
artículo único de la Ley Nº 16.169, de 24 de diciembre de 1990, por el
siguiente:
“Por el Ministro de Salud Pública, que será su
presidente, o un delegado de él que tendrá igual función.
Un delegado del Ministerio de Educación y Cultura.
Un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social.
Un delegado del Ministerio de Deporte y Juventud.
Un delegado de la Facultad de Medicina.
Un delegado de la Facultad de Odontología.
Un delegado del Consejo Directivo Central de la
Administración Nacional de Educación Pública.
Un delegado del Congreso de Intendentes.
Un delegado de cada una de las organizaciones más
representativas de discapacitados”.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en
Montevideo, a 2 de abril de 2002.
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