16/04/02
DESESTIMACIÓN
DE RECURSO JERÁRQUICO
VISTO:
el recurso jerárquico interpuesto por la empresa KOMO S.R.L. contra la
resolución del Ministerio del Interior 3102/01 de fecha 7 de junio de
2001 ;
RESULTANDO:
I) que por la citada resolución se impuso a la recurrente una multa de $
1.550 (pesos uruguayos mil quinientos cincuenta) y U.R. 10,80 (Unidades
Reajustables diez con ochenta) por tener guardias no registrados y
servicio no declarado;
II)
que dicha multa tuvo su origen en ocasión de un procedimiento policial
que se realizara al denunciarse un hurto en una finca del Departamento de
Maldonado donde se constató que contaba con servicio de alarma prestado
por la empresa KOMO S.R.L. que ésta no había denunciado y que había
personal de dicha empresa no habilitado por el RE.NA.EM.SE;
III)
que el recurrente se agravia expresando que los empleados sancionados no
requieren autorización porque no son guardias de seguridad y que el
servicio no fue informado, ya que el Registro de referencia únicamente
requiere que sean declarados los servicios prestados a aquellos clientes
con actividad financiera y no a las casas de familia como es el presente
caso;
IV)
que por resolución del Ministerio del Interior de fecha 22 de octubre de
2001 se desestimó el recurso interpuesto, franqueándose el jerárquico
ante el Poder Ejecutivo;
CONSIDERANDO:
I) que el argumento invocado por la recurrente en el sentido de que no es
necesario que los empleados de referencia cuenten con autorización porque
no era personal de seguridad, no es de recibo, ya que las tareas que en
ese momento y lugar realizaron fueron las que corresponden a dicho tipo de
personal;
II)
que por otra parte, debe tenerse presente que el artículo 21 , literal d)
del Decreto 275/999 de 14 de setiembre de 1999, establece sin excepciones
que las empresas de seguridad deben comunicar los contratos de prestación
de servicios que realicen con una antelación no menor a 72 horas al
inicio de los mismos;
III) que de lo expuesto
surge que el acto administrativo cuestionado ha sido dictado conforme a
derecho, por lo que corresponde desestimar el recurso administrativo
interpuesto;
ATENTO:
a lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por la empresa KOMO S.R.L.
contra la Resolución del
Ministerio del Interior 3102/01 de fecha 7 de junio de 2001.
2°.-
Notifíquese, comuníquese, etc.
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