18/04/02
DESESTIMAN
PETICIÓN DE REVOCACIÓN
VISTO: la petición
presentada por Welmir S.A.-
RESULTANDO:
que la citada empresa, invocando el derecho de petición que le confiere
el artículo 30° de la Constitución de la República, solicita la
revocación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 19 de marzo de 2002,
dictada en el expediente referido a la Licitación Pública Internacional
para la concesión del Hipódromo Nacional de Maroñas.-
CONSIDERANDO:
I) que la presentación de la peticionante no agrega nuevos elementos de
juicio.-
II) que no existiendo
razones de legalidad o de mérito que obsten a lo resuelto con fecha 19 de
marzo de 2002, corresponde seguir adelante con el procedimiento.-
ATENTO:
a lo expuesto.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Desestímase la petición formulada por Welmir S.A. y sígase adelante con
el procedimiento de contratación.-
2°)
Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, notifíquese a la
interesada y archívese.-
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