18/04/02

DESESTIMAN PETICIÓN DE REVOCACIÓN


VISTO:
la petición presentada por Welmir S.A.-

RESULTANDO: que la citada empresa, invocando el derecho de petición que le confiere el artículo 30° de la Constitución de la República, solicita la revocación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 19 de marzo de 2002, dictada en el expediente referido a la Licitación Pública Internacional para la concesión del Hipódromo Nacional de Maroñas.-

CONSIDERANDO: I) que la presentación de la peticionante no agrega nuevos elementos de juicio.-

II) que no existiendo razones de legalidad o de mérito que obsten a lo resuelto con fecha 19 de marzo de 2002, corresponde seguir adelante con el procedimiento.-

ATENTO: a lo expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Desestímase la petición formulada por Welmir S.A. y sígase adelante con el procedimiento de contratación.-

2°) Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, notifíquese a la interesada y archívese.-