23/04/02
CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección
Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del
título minero "Concesión para Explotar" otorgado a OLGA
CANAVERIS DE PARDO SANTAYANA, por Resolución de fecha 20 de setiembre de
1990 y posteriormente cedido a C & A PEREZ BUSTO S.A., según se
autorizara por Resolución de fecha 28 de julio de 1992;
RESULTANDO: I) que el referido título se
otorgó por el plazo de 10 años a contar desde el 21 de diciembre de
1990, para la explotación de un yacimiento de arena, afectando
parcialmente, en una superficie de 21 hás. 9900 m.c., el predio padrón
número 8043 ubicado en la 8a Sección Judicial del Departamento de San
José;
II) que por Resolución de fecha 25 de mayo de
2000 se prorrogó por el término de 15 años;
III) que con fecha 3 de abril de 2001 C & A
PEREZ BUSTO S.A., presentó su renuncia al título minero otorgado;
CONSIDERANDO: que se ha configurado en el caso la caducidad prevista
en el artículo 21, ordinal II, literal c), numeral 3) del Código de
Minería;
ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Dirección Nacional
de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del título
minero "Concesión para Explotar" otorgado a OLGA CANAVERIS DE
PARDO SANTAYANA por Resolución de fecha 20 de setiembre de 1990 y
posteriormente cedido a C & A PEREZ BUSTO S.A., según cesión
autorizada por Resolución de fecha 28 de julio de 1992, para la
explotación de un yacimiento de arena que afectara el predio y superficie
individualizados en el RESULTANDO I) del presente acto.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
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