23/04/02 

CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO


VISTO:
las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero "Concesión para Explotar" otorgado a OLGA CANAVERIS DE PARDO SANTAYANA, por Resolución de fecha 20 de setiembre de 1990 y posteriormente cedido a C & A PEREZ BUSTO S.A., según se autorizara por Resolución de fecha 28 de julio de 1992;

RESULTANDO: I) que el referido título se otorgó por el plazo de 10 años a contar desde el 21 de diciembre de 1990, para la explotación de un yacimiento de arena, afectando parcialmente, en una superficie de 21 hás. 9900 m.c., el predio padrón número 8043 ubicado en la 8a Sección Judicial del Departamento de San José;

II) que por Resolución de fecha 25 de mayo de 2000 se prorrogó por el término de 15 años;

III) que con fecha 3 de abril de 2001 C & A PEREZ BUSTO S.A., presentó su renuncia al título minero otorgado;

CONSIDERANDO: que se ha configurado en el caso la caducidad prevista en el artículo 21, ordinal II, literal c), numeral 3) del Código de Minería;

ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero "Concesión para Explotar" otorgado a OLGA CANAVERIS DE PARDO SANTAYANA por Resolución de fecha 20 de setiembre de 1990 y posteriormente cedido a C & A PEREZ BUSTO S.A., según cesión autorizada por Resolución de fecha 28 de julio de 1992, para la explotación de un yacimiento de arena que afectara el predio y superficie individualizados en el RESULTANDO I) del presente acto.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.