24/04/02
EXONERACIÓN
A ASOCIACIÓN DE LOS POBRES SIERVOS DE LA DIVINA PROVIDENCIA
VISTO:
estos antecedentes, por los cuales la Asociación de los Pobres Siervos de
la Divina Providencia, solicita modificación de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 5 de diciembre de 2001.-
RESULTANDO:
I) que por el mencionado acto
administrativo se declaró a la gestionante exonerada del pago de
recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Unico a la
Importación, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Específico
Interno, así como de todo otro tributo aplicable, en ocasión de
la importación de un vehículo marca Peugeot, modelo 206 XRD -std- 5
puertas.-
II)
que por el numeral 4) de la Resolución de 5 de diciembre de 2001, se
estableció que dicho vehículo debería ser empadronado en la Intendencia
Municipal de Montevideo.-
III)
que por escrito de 10 de enero de 2002, se solicita la modificación del
numeral 4) de la referida Resolución, debido a que la gestionante tiene
sede en las ciudades de Montevideo, Florida y Salto, pero el mencionado
vehículo será destinado a la ciudad de Salto.-
CONSIDERANDO:
que corresponde proceder a la
modificación del numeral 4) de la citada Resolución, a efectos de
posibilitar el empadronamiento de la unidad en la Intendencia Municipal de
Salto.-
ATENTO:
a lo informado por la Asesoría
Jurídica y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
Modificase el numeral 4) de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de
diciembre de 2001, por la que se declaró a la Asociación Pobres Siervos
de la Divina Providencia exonerada del pago de recargos, incluido el
mínimo, del Impuesto Aduanero Unico a la Importación, del Impuesto al
Valor Agregado y del Impuesto Especifico Interno, así como de todo otro
tributo aplicable en ocasión de la importación de un vehículo marca
Peugeot, modelo 206 XRD -std- 5 puertas, en el sentido que el mismo
deberá ser empadronado en el departamento de Salto.-
2°)
Comuníquese y archívese.-
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