24/04/02 

EXONERACIÓN  A ASOCIACIÓN DE LOS POBRES SIERVOS DE LA DIVINA PROVIDENCIA

VISTO: estos antecedentes, por los cuales la Asociación de los Pobres Siervos de la Divina Providencia, solicita modificación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de diciembre de 2001.-

RESULTANDO: I) que por el mencionado acto administrativo se declaró a la gestionante exonerada del pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Unico a la Importación, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Específico Interno, así como de todo otro tributo aplicable, en ocasión de la importación de un vehículo marca Peugeot, modelo 206 XRD -std- 5 puertas.-

II) que por el numeral 4) de la Resolución de 5 de diciembre de 2001, se estableció que dicho vehículo debería ser empadronado en la Intendencia Municipal de Montevideo.-

III) que por escrito de 10 de enero de 2002, se solicita la modificación del numeral 4) de la referida Resolución, debido a que la gestionante tiene sede en las ciudades de Montevideo, Florida y Salto, pero el mencionado vehículo será destinado a la ciudad de Salto.-

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la modificación del numeral 4) de la citada Resolución, a efectos de posibilitar el empadronamiento de la unidad en la Intendencia Municipal de Salto.-

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) Modificase el numeral 4) de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de diciembre de 2001, por la que se declaró a la Asociación Pobres Siervos de la Divina Providencia exonerada del pago de recargos, incluido el mínimo, del Impuesto Aduanero Unico a la Importación, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Especifico Interno, así como de todo otro tributo aplicable en ocasión de la importación de un vehículo marca Peugeot, modelo 206 XRD -std- 5 puertas, en el sentido que el mismo deberá ser empadronado en el departamento de Salto.-

2°) Comuníquese y archívese.-