24/04/02
APROBACIÓN
DE CONVENIOS
VISTO:
los Convenios suscritos entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y las Intendencias
Municipales del interior del país, con fecha 28 de diciembre de 2001.
RESULTANDO: I)
Que la suscripción de dichos documentos tiene por objeto el Programa
de Transferencias para el Mantenimiento de la Red Vial Departamental,
consistente en la ejecución de obras de caminería departamental y la
construcción y reparación de obras de arte en las mismas, en el período
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2002.
II) Que la Contaduría Delegada de la Dirección
Nacional de Vialidad del citado Ministerio informó los créditos con que
se atenderá la erogación total y el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central) practicó la intervención que le compete.
CONSIDERANDO: I) Que la ejecución de las obras de que se
trata, contribuirá a una sustancial mejora en la calidad de vida de la
población rural de los departamentos involucrados, así como un
mejoramiento en las vías de tránsito por donde circulan las producciones
agrícola, ganadera y forestal.
II) Que es de aplicación en la especie lo previsto en
el artículo 61 del Decreto N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991.
ATENTO: a lo dispuesto en los Decretos N°s. 90/000 y 295/,000
de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000, y a lo expuesto.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébanse, en todas sus partes, los Convenios suscritos
con fecha 28 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y las Intendencias Municipales que se detallan a
continuación:
Nº EXPTE
|
Intendencia Mpal
|
Carp.
T.C.R
|
Monto
|
02/1/14
|
Artigas
|
194.632
|
$ 7:972.805
|
02/1/16
|
Canelones
|
194.631
|
$14:600.869
|
02/1/17
|
Maldonado
|
194.630
|
$ 7:751.521
|
02/1/18
|
Florida
|
194.623
|
$ 7:191.560
|
02/1/19
|
Durazno
|
194.621
|
$ 9:197.977
|
02/1/20
|
Tacuarembó
|
194.622
|
$ 7:039.827
|
02/1/21
|
Rivera
|
194.638
|
$ 5:728.130
|
02/1/22
|
Lavalleja
|
194.626
|
$ 8:205.523
|
02/1/23
|
Rocha
|
194.627
|
$ 4:674.371
|
02/1/24
|
Treinta y Tres
|
194.625
|
$ 5:569.858
|
02/1/25
|
Cerro Largo
|
194.615
|
$ 9:367.900
|
02/1/26
|
San José
|
194.624
|
$ 8:112.990
|
02/1/27
|
Flores
|
194.614
|
$ 3:169.789
|
02/1/28
|
Colonia
|
194.620
|
$10:635.504
|
02/1/29
|
Soriano
|
194.619
|
$ 7:157.088
|
02/1/30
|
Río Negro
|
194.618
|
$ 5:012.524
|
02/1/31
|
Paysandú
|
194.617
|
$ 8:640.058
|
02/1/32
|
Salto
|
194.616
|
$10:483.071
|
2°.- Autorízase a tales fines, la inversión resultante de la
aprobación de dichos Convenios, monto que se atenderá con cargo a los
créditos previstos en la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso
10, Unidad Ejecutora 001, Programa 008, Financiamiento 1.1 (Rentas
Generales), Ejercicio 2002
3°.- Comuníquese y previa toma de razón del Contador Central
delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, siga a la Dirección Nacional de Vialidad, a
sus efectos.
|