25/04/02
SEGUROS
POR DESEMPLEO
El
Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social firmó resoluciones ampliando el Seguro de Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social a los trabajadores que se encuentren
en condiciones legales de acceder al mismo, de la siguiente empresa y por
un plazo de:
90
(noventa) días a:
§
26 (veintiséis)
trabajadores de la firma HOSPITAL ITALIANO HUMBERTO I
§
11 (once)
trabajadores de la firma HERFI LTDA.
§
163 (ciento
sesenta y tres) trabajadores de la firma NORDEX S.A.
§
20 (veinte)
trabajadores de la firma PÉREZ MACKINNON S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma PINACENTER S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma RAUL CLERC S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma POLÌMEROS URUGUAYOS S.A.
§
28 (veintiocho)
trabajadores de la firma RUALIN S.A.
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma JULIO C. GIGLI S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma RUBIO SICA HNOS. LTDA.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma SERISUR S.A.
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma SERLY LTDA.
§
5 (cinco)
trabajadores de la firma VICENTE FARINA
§
42 (veintisiete)
trabajadores de la firma TEYMA S.A.
§
15 (quince)
trabajadores de la firma TEMPLA S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma SECESIÓN ELBIO MONZA
§
5 (cinco)
trabajadores de la firma SINTÉTICOS SLOWAK S.A.
§
66 (sesenta y
seis) trabajadores de la firma SEDES S.A.
§
13 (trece)
trabajadores de la firma COMPAÑÌA BAO S.A.
§
48 (cuarenta y
ocho) trabajadores de la firma DAKAR S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma DAMAR LTDA.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma FUTURO S.A.
§
52 (cincuenta y
dos) trabajadores de la firma EVERFIT S.A.
§
12 (doce)
trabajadores de la firma ONISUL S.A.
§
8 (ocho)
trabajadores de la firma NURYMAR S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma BARRACA DE HIERROS SAN MARTÍN S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma CURTIEMBRE PARIS S.A.
§
17 (diecisiete)
trabajadores de la firma LORDIX S.A.
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma INTERLANERA S.A.
§
15 (quince)
trabajadores de la firma IMZAMA S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma MONTECASINO S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma COLONIA MINERALES S.A.
§
5 (cinco)
trabajadores de la firma ICASIL S.A.
§
11 (once)
trabajadores de la firma HERNÁN PALAY S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma CERÁMICAS DEL SUR S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma CLEFIL S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma CARTONERA Y PAPELERA PANDO S.A.
§
14 (cartorce)
trabajadores de la firma ATMA S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma BORDENYL S.A.
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma APPELSA
Por
otras Resoluciones otorgó el Seguro de Desempleo por:
90
(noventa) días a:
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma CERÁMICA LAVALLEJA S.A.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma GREENFROZEN S.A.
§
4 (cuatro)
trabajadores de la firma CONSTRUCCIONES DEL PLATA LTDA.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma RUBEN D. PEREIRA S.A.
§
6 (seis)
trabajadores de la firma NORBERTO CALVIÑO
§
24
(veinticuatro) trabajadores de la firma SOL Y LUNA S.R.L.
§
3 (tres)
trabajadores de la firma TIRAPU S.A.
Por
otras Resoluciones se modificaron las siguientes:
- numeral
1º de la Resolución Nº 626/002, de 10 de abril de 2002, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “1º) Amplíase por el
plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a 5 (cinco), trabajadores de la
firma FRIGORÍFICO INDUSTRIAL PANDA S.A. que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo.”
- numeral
1º de la Resolución Nº 696/002, de 20 de marzo de 2002, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “1º) Amplíase por el
plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a 4 (cuatro), trabajadores de la
firma FIBRATEX S.A. que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo.”
- numeral
1º de la Resolución Nº 695/002, de 17 de abril de 2002, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “1º) Amplíase por el
plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a 13 (trece), trabajadores de la
firma RENSA S.A. que se encuentren en condiciones legales de acceder
al mismo.”
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