09/01/2002  

PRORROGAN DECRETO – A1308

El Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y Finanzas y de Industria, Energía y Minería aprobó el siguiente decreto:

VISTO: el Decreto Nº 249/001, de 29 de junio de 2001.

CONSIDERANDO: la conveniencia de prorrogar el plazo previsto en dicho Decreto.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.926, de 31 de agosto de 1979. 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2002 el plazo previsto por el Decreto Nº 249/001, de 29 de junio de 2001.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.