09/01/2002
PRORROGAN
DECRETO – A1308
El
Presidente de la República en acuerdo con los Ministros de Economía y
Finanzas y de Industria, Energía y Minería aprobó el siguiente decreto:
VISTO:
el Decreto Nº 249/001, de 29 de junio de 2001.
CONSIDERANDO:
la conveniencia de
prorrogar el plazo previsto en dicho Decreto.
ATENTO:
a lo expuesto y a lo
establecido por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.926, de 31 de
agosto de 1979.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO
1º.- Prorrógase
hasta el 30 de junio de 2002 el plazo previsto por el Decreto Nº 249/001,
de 29 de junio de 2001.
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese,
publíquese, etc.
|