09/01/2002
EXONERACIÓN
DE GRAVÁMENES
Se
exoneró del IVA, IRIC e Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales, la
fusión de la firma Glaxo Wellcome S.A. con la empresa SmithKline Becchman
Uruguay Ltda., la que se denominará GlaxoSmithKline Uruguay S.A. La
resolución firmada por el Presidente de la República en acuerdo con el
ministro de Economía y Finanzas señala que:
VISTO:
la solicitud de las firmas Glaxo Wellcome S.A. y SmithKline Beecham
Uruguay Ldta., a los efectos de que se exonere del Impuesto al Valor
Agregado, del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales y del Impuesto a
las Rentas de la Industria y Comercio, la fusión por incorporación de la
primera a la segunda empresa, la que pasará a denominarse GlaxoSmithKline
Uruguay S.A., que proyectan realizar conforme al artículo 26° de la Ley
N° 16.906, de 7 de enero de 1998.-
RESULTANDO:
I) que las empresas Glaxo Wellcome y SmithKline Beecham, ambas con sede en
el Reino Unido, anunciaron su fusión y la creación de GlaxoSmithKline a
partir de su consolidación, dando comienzo a la implementación de la
fusión en los distintos países en los que tienen presencia.-
II) que en ese marco,
el 30 de noviembre de 2001, las filiales uruguayas de, esos grupos, las
firmas Glaxo Wellcome S.A. y SmithKline Beecham Uruguay Ltda., celebraron
un contrato por el que se comprometieron a la fusión de ambas compañías
a nivel local mediante la absorción de Glaxo Wellcome S.A. por SmithKline
Beecham Uruguay Ltda., pasando a denominarse GlaxoSmithKline Uruguay S.A.
.-
CONSIDERANDO:
que la referida fusión por absorción, en tanto se adecue al marco
jurídico vigente dispuesto por los artículos 115° y siguientes de la
Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989, estará comprendida en el
artículo 26° de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998.-
ATENTO:
a lo expuesto y a lo
informado por las Asesorías Macroeconómica y Financiera y Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Exonérase del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto a las Trasmisiones
Patrimoniales y del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio, la
fusión de la firma Glaxo Wellcome S.A. con la empresa SmithKline Beecham
Uruguay Ltda. por absorción de la nombrada en primer término en ésta
última, la que en adelante se denominará GlaxoSmithKline Uruguay S.A. .-
2°)
Las exoneraciones referidas en el numeral precedente quedan sujetas a la
condición suspensiva de la realización y aprobación por los organismos
públicos y privados competentes de la fusión por incorporación
proyectada por las solicitudes.
3º)
Notifíquese.
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