09/01/2002
INDEMNIZACIONES A
PRODUCTORES RURALES
El
Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Ganadería,
Agricultura y Pesca aprobó la siguiente resolución vinculada a la
indemnización a los productores afectados por el brote de aftosa. La
resolución establece:
VISTO:
estos antecedentes elevados por el Proyecto de Asistencia de Emergencia
para la Erradicación de la Fiebre Aftosa;
RESULTANDO:
los mismos se relacionan con las tasaciones y sacrificios de bovinos,
ovinos, suinos y otros, practicados a productores de los departamentos de
Soriano, Colonia, Florida y Río Negro, afectados por el brote de fiebre
aftosa, conforme a las disposiciones vigentes en la materia, por un monto
de U$S 1:926.768.50;
CONSIDERANDO:
I) el Poder Ejecutivo por resolución de fecha 8 de octubre de 2001,
reforzó en el inciso 24 "Diversos Créditos" Unidad Ejecutora
007 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", el Objeto
del Gasto 749/000 "Otras Partidas a Reaplicar" por la suma de
U$S 3:015.000, con cargo a Rentas Generales, a fin de dar cumplimiento de
la cuota parte correspondiente a gastos de funcionamiento del año 2001,
del Convenio de Préstamo celebrado con el BIRF, destinado al Proyecto de
Emergencia contra la Fiebre Aftosa;
ll)
conveniente atender con tales recursos ad-referendum del Tribunal de
Cuentas las indemnizaciones de los productores afectados por el sacrifico
de animales infectados de Fiebre Aftosa, conforme a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes en la materia;
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto ya lo preceptuado por el Art. 27 del TOCAF,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°).-
Atender ad-referendum del Tribunal de Cuentas el pago a los productores de
los departamentos de Soriano, Colonia, Florida y Río Negro, referidos en
el anexo adjunto, que se considere parte integrante de esta resolución,
de las sumas que en cada caso se indican, por concepto de indemnización
por el sacrifico de animales bovinos, ovinos, suinos y otros.-
2°).-
La obligación emergente, por un monto de U$S 1:926.768.50, se atenderá
con cargo al Objeto del Gasto 749/000, Inciso 24, Unidad Ejecutora 007,
Rentas Generales.-
3°).-
Comuníquese y, a sus efectos, pase al Tribunal de Cuentas.-
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