09/01/2002  

INDEMNIZACIONES A PRODUCTORES RURALES

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca aprobó la siguiente resolución vinculada a la indemnización a los productores afectados por el brote de aftosa. La resolución establece:

VISTO: estos antecedentes elevados por el Proyecto de Asistencia de Emergencia para la Erradicación de la Fiebre Aftosa;

RESULTANDO: los mismos se relacionan con las tasaciones y sacrificios de bovinos, ovinos, suinos y otros, practicados a productores de los departamentos de Soriano, Colonia, Florida y Río Negro, afectados por el brote de fiebre aftosa, conforme a las disposiciones vigentes en la materia, por un monto de U$S 1:926.768.50;

CONSIDERANDO: I) el Poder Ejecutivo por resolución de fecha 8 de octubre de 2001, reforzó en el inciso 24 "Diversos Créditos" Unidad Ejecutora 007 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", el Objeto del Gasto 749/000 "Otras Partidas a Reaplicar" por la suma de U$S 3:015.000, con cargo a Rentas Generales, a fin de dar cumplimiento de la cuota parte correspondiente a gastos de funcionamiento del año 2001, del Convenio de Préstamo celebrado con el BIRF, destinado al Proyecto de Emergencia contra la Fiebre Aftosa;

ll) conveniente atender con tales recursos ad-referendum del Tribunal de Cuentas las indemnizaciones de los productores afectados por el sacrifico de animales infectados de Fiebre Aftosa, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en la materia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto ya lo preceptuado por el Art. 27 del TOCAF,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°).- Atender ad-referendum del Tribunal de Cuentas el pago a los productores de los departamentos de Soriano, Colonia, Florida y Río Negro, referidos en el anexo adjunto, que se considere parte integrante de esta resolución, de las sumas que en cada caso se indican, por concepto de indemnización por el sacrifico de animales bovinos, ovinos, suinos y otros.-

2°).- La obligación emergente, por un monto de U$S 1:926.768.50, se atenderá con cargo al Objeto del Gasto 749/000, Inciso 24, Unidad Ejecutora 007, Rentas Generales.-

3°).- Comuníquese y, a sus efectos, pase al Tribunal de Cuentas.-