10/01/2002  

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 57

Un convenio para la refacción de baños en la Escuela Nº 57, de Juan Soler,  fue suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento y el mismo fue autorizado por el Presidente de la República a través de la siguiente resolución:

VISTO: el Convenio celebrado el 13 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela Rural N°57, de Juan Soler, Departamento de San José;

 RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la refacción de baños; con la suma de $102.500.- en efectivo;

II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con la suma de $17.300.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

 CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 13 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela Rural N°57, de Juan Soler, Departamento de San José, para la refacción de baños.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $102.500.- (pesos uruguayos ciento dos mil quinientos), como contribuci6n del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N'24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°912, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°;- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras públicas, de la suma de $102.500.- (pesos uruguayos ciento dos mil quinientos), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San José) para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°57, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

 4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.