10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 57
Un
convenio para la refacción de baños en la Escuela Nº 57, de Juan Soler,
fue suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento y el mismo
fue autorizado por el Presidente de la República a través de la
siguiente resolución:
VISTO: el Convenio celebrado el 13 de diciembre de 2001, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de
la Escuela Rural N°57, de Juan Soler, Departamento de San José;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la refacción
de baños; con la suma de $102.500.- en efectivo;
II) Que dicha Comisión, por su parte, contribuye con
la suma de $17.300.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 13 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela Rural N°57, de
Juan Soler, Departamento de San José, para la refacción de baños.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$102.500.- (pesos uruguayos ciento dos mil quinientos), como contribuci6n
del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N'24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N°912, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3°;- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras públicas, de la suma de $102.500.- (pesos uruguayos
ciento dos mil quinientos), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal San José) para ser depositada
en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°57,
la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente
Resolución se autorizan.
4°.-
Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad
y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras públicas y el Contador
Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.
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