10/01/2002  

CONVENIO MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 191

El convenio suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 191 de La Paz fue aprobado por el Presidente de la República mediante la siguiente resolución:

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°191, de La Paz, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la construcción de cerco perimetrales  (233 ML) y colocación de rejas y portones; con la suma de $212.000.- en efectivo;

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $213.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete; 

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

 1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°191 , de La Paz, Departamento de Canelones, para la construcción de cerco perimetral (233 ML) y colocación de rejas y portones

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $212.000.- (pesos uruguayos doscientos doce mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001 y posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°915, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $212.000.- {pesos uruguayos doscientos doce mil), en 2 {dos) cuotas de $106.000.- (pesos uruguayos ciento seis mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal La Paz), para ser depositadas en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la Escuela N°191, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.