10/01/2002
CONVENIO
MTOP-COMISIÓN DE FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 191
El
convenio suscripto entre el MTOP y la Comisión de Fomento de la Escuela
Nº 191 de La Paz fue aprobado por el Presidente de la República mediante
la siguiente resolución:
VISTO:
el Convenio celebrado
el 14 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Comisión de Fomento de la Escuela N°191, de La Paz, Departamento
de Canelones;
RESULTANDO:
I) que el citado
Ministerio contribuye para la construcción
de cerco perimetrales (233
ML) y colocación de rejas
y portones; con la suma de $212.000.- en efectivo;
II)
Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $213.000.-
discriminada en el Convenio;
III)
Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la
intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar dicho Convenio;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de diciembre
de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Comisión de Fomento de la Escuela N°191 , de La Paz, Departamento de
Canelones, para la construcción de cerco perimetral (233 ML) y
colocación de rejas y portones
2°.-
Autorízase, la inversión de la suma de $212.000.- (pesos uruguayos
doscientos doce mil), como contribución del citado Ministerio a las obras
de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de
enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4,
Ejercicio 2001 y posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo
con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999,
afectación N°915, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.-
Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de
la suma de $212.000.- {pesos uruguayos doscientos doce mil), en 2 {dos)
cuotas de $106.000.- (pesos uruguayos ciento seis mil) cada una, a favor
del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal La Paz), para
ser depositadas en la cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento de la
Escuela N°191, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la
presente Resolución se autorizan.
4°.-
Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad
y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador
Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.
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