10/01/2002  

CONVENIO MTOP-ASOCIACIÓN CIVIL “NUESTRA TAREA”

Fue autorizado el convenio firmado entre el MTOP y la Asociación Civil "Nuestra Tarea”, de Santa Lucía. La resolución signada por el primer mandatario establece que:

VISTO: el Convenio celebrado el 19 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Nuestra Tarea", de Santa Lucía, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para la restauración de casona histórica (sede), ubicada en la calle Treinta y Tres No. 288, Santa Lucía, Departamento de Canelones; con la suma de $ 20.100 en efectivo;

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con obra realizada;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 19 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Nuestra Tarea", de Santa Lucía, Departamento de Canelones, para la restauración de casona histórica (sede), ubicada en la calle Treinta y Tres N° 288, Santa Lucía, Departamento de Canelones.

 2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $ 20.100 (pesos uruguayos veinte mil cien), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N° 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2001, existiendo créditos disponibles de acuerdo con, el Artículo 10 del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N° 969, y con el decreto  90/000 de 3 de marzo de 2000.

 3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y  Obras Públicas, de la suma de $20.100.- (pesos uruguayos veinte mil cien) , en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Santa Lucía) para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Asociación Civil "Nuestra Tarea" , la que se atenderá con cargo a los  recursos que por la presente Resolución se autorizan.

 4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la  División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de  Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenio a sus efectos.